Sobre la Justicia Transicional y los Derechos Humanos

Sobre la Justicia Transicional y los Derechos Humanos Las noticias de Colombia, que se narran en esta Revista 101, llevan el deber de incorporar cuatro temas sobre el problema.Quienes hemos resistimos a la dicta-dura militar y somos objetores de conciencia ante la actual dicta-cracia, hemos construido nuestra presencia en el socio-sistema sosteniendo que todos somos iguales ante la ley. La sentencia del Juzgado Federal de Tucumán, del 27.12.2012, dejando afuera a la Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas durante el Operativo Independencia merece ser estudiada seriamente porque pareciera sostener que ese concepto igualitario es una categoría zombi. Si así fuese, la sentencia podría agregarse a una nueva edición de La rebelión en la granja. Tal vez sea utilizada como antecedente cuando se juzgue a la actual dicta-cracia: si así fuese, el fallo no sólo miró para atrás sino también hacia adelante.  El temor que algo parecido sucediera con la Justicia Transicional me ha llevado a editar este aporte.  04.09.2013Rodolfo Capón Filas Operativo Independencia e Igualdad ante la Ley.Fuente:Mirada al SurTucumán, Juzgado Federal, 27.12.2012El juez Daniel Bejas procesó a 17 militares y civiles acusados por violaciones a los derechos humanos, durante el Operativo Independencia. Entre ellos, a Jorge Rafael Videla y Mario Benjamín Menéndez. El magistrado no acusó a Isabelita.Una veintena de militares y civiles fueron procesados, acusados de crímenes perpetrados por el Operativo Independencia contra la guerrilla, durante el gobierno de la presidenta María Estela Martínez de Perón (1974-1976), que no resultó procesada. La mayor novedad fue el procesamiento con prisión preventiva, por primera vez, del general retirado Mario Benjamín Menéndez, ex gobernador de las Islas Malvinas durante la ocupación militar del archipiélago en la guerra con Gran Bretaña en 1982. La medida fue adoptada por el juez federal de Tucumán Daniel Bejas, que procesó además al dictador Jorge Rafael Videla, ya con tres condenas a prisión perpetua al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, también sentenciado a la pena máxima, y a otros acusados por 269 casos de secuestros, torturas y desapariciones forzadas y homicidios, entre el 8 de febrero de 1975 y el 23 de marzo de 1976, día previo al golpe de Estado.En la acusación de la fiscalía se definió al Operativo Independencia como una “intervención masiva de las fuerzas armadas y de seguridad en un plan sistemático de exterminio de opositores políticos mediante la utilización del aparato estatal y de control social a través del terror, llevada adelante con la aquiescencia del gobierno civil en la provincia de Tucumán”. “La intervención fue comandada en primer lugar por (los fallecidos generales) Acdel Edgardo Acdel Vilas y luego por Antonio Domingo Bussi”, reseñó.Bejas decidió no avanzar en la investigación ni llamar a indagatoria a la viuda de Perón, bajo cuyo gobierno se dictaron los decretos antiguerrilleros. Los documentos secretos fueron firmados también por el presidente provisional del Senado, el fallecido Italo Luder, y ministros del gabinete, entre ellos Antonio Cafiero y Carlos Ruckauf.Dominio de Hecho en BrasilUna tesis jurídica inquietante para el poder. Ceferino Reato   LN 11.01.2013La justicia brasileña utilizó una novedosa tesis jurídica, la "teoría del dominio del hecho", para condenar por corrupción a José Dirceu, la ex mano derecha de Luiz Inacio Lula da Silva en su gobierno y figura emblemática de la izquierda brasileña. En la Argentina ya se aplica esta tesis, pero sólo en los juicios por violaciones de los derechos humanos durante la última dictadura. Este paso de los derechos humanos a la política, de los crímenes de lesa humanidad a la corrupción, podría poner en aprietos tanto a la presidenta Cristina Kirchner como a sus principales colaboradores si se repitiera también en este campo la natural influencia que Brasil ejerce en la región. Es decir, si el juicio por corrupción contra la cúpula del Partido de los Trabajadores (PT), en el gobierno desde 2002, fuera imitado en la Argentina.La "teoría del dominio del hecho" fue creada por el jurista alemán CLAUS ROXIN, muy citado en los diversos juicios al ex dictador Jorge Rafael Videla y a otros jefes militares, pero también en la causa en Jujuy contra el empresario Carlos Pedro Blaquier, presidente de Ledesma.Roxin introduce el concepto de la "autoría mediata" y la figura del "hombre de atrás del escritorio", que no estuvo presente en la escena del crimen, pero que desde su posición de poder impartió las órdenes que permitieron que se cometiera el delito sin su decisiva intervención, ese delito no habría podido realizarse. Es decir que ya no es necesario, según Roxin, encontrar pruebas directas, concretas, irrefutables, fuera de toda duda razonable, sobre los acusados, quienes, de acuerdo con su tesis, resultan en última instancia los principales responsables de los delitos cometidos. Y son condenados a una pena similar a la de quienes cometieron efectivamente esos crímenes, los autores materiales. No es necesario que, por ejemplo, Videla haya secuestrado, torturado o matado a una persona la tesis de Roxin permite condenarlo por su "rol decisivo en una organización delictiva". Es similar al popular "no podía no saber" que en Italia guió los procesos judiciales por diversos casos de corrupción, conocidos como Mani pulite (Manos limpias), que veinte años atrás descabezaron al poder político del país. La tesis de Roxin tiene sus detractores, no sólo entre los defensores de los jefes militares juzgados en nuestro país, que señalan que, de esta manera, el derecho penal entra en un terreno muy resbaladizo, muy sensible a los deseos e intereses del poder político de turno. En la región, la tesis también se aplicó para la extradición y condena del ex presidente peruano Alberto Fujimori por diversos delitos. En el caso brasileño, "Zé" Dirceu fue condenado a diez años y diez meses de prisión, además de a una multa equivalente a 340.000 dólares.Los miembros de la Corte Suprema de Justicia brasileña llegaron a la conclusión de que, por su rol de jefe de Gabinete y su influencia decisiva en el Partido de los Trabajadores, Dirceu era "el hombre de atrás del escritorio" que fue el creador de una red de corrupción para asegurar al gobierno de Lula una amplia mayoría legislativa. En concreto, el PT pagaba mensualidades de unos 13.000 dólares más un bono anual a diputados de distintos partidos ese dinero era desviado del Estado a través de distintos mecanismos que involucraban a consultores, publicistas y banqueros.En el caso argentino, tomando como hipótesis el caso Ciccone, ya no sería necesario encontrar pruebas de la supuesta amistad entre el vicepresidente Amado Boudou y el empresario Alejandro Vandenbroele el atajo jurídico creado por Roxin podría incluso estirar el caso hasta la propia Presidenta. Esto explica por qué algunos medios de comunicación oficialistas pusieron el grito en el cielo al tratar la noticia sobre la condena a Dirceu y sus compañeros del PT, que ahora aceptan las penas con la resignación de militantes veteranos, tal vez convencidos de que han sido sacrificados para salvar a la estrella del partido, el ex presidente Lula, que, como tal, estaba por encima de todos los condenados. En el Tribunal Penal Internacional se retrocede .La justicia encalla en La Haya. Martín Alonso 16 JUL 2013Martín Alonso es doctor en Ciencias Políticas y miembro de Bakeaz.Las decisiones tomadas por el tribunal especial para la antigua Yugoslavia con un perturbador revés para las víctimas.Este mes Croacia se ha convertido en el país número 28 de la UE. A los 22 años de su independencia, a los 18 del genocidio de Srebrenica y de la Operación Tormenta, a los 8 del arresto de Ante Gotovina en Las Canarias. A unos meses de la absolución en apelación de los altos jefes policiales y militares Ante Gotovina y Mladen Markac (Croacia), condenados en primera instancia a 24 y 18 años, y a semanas de la de Momcilo Perisic, Jovica Stanisic y Franko Simatovic (Serbia). La entrega de los criminales al Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (TPIY) era una condición para la admisión en la UE. La decisión del tribunal que ha juzgado los peores crímenes cometidos en Europa desde la Segunda Guerra Mundial afecta a tres planos interrelacionados: el enfrentamiento del pasado criminal por parte de los países protagonistas, la credibilidad de las instancias transnacionales de justicia y el peso de la Realpolitik en las relaciones internacionales.1. La actitud frente al pasado en los Balcanes oscila entre la apología (héroes y mártires, guerras de liberación) y el negacionismo por desautorización o amalgama (“no fue tan grave como dicen”, “todos cometieron crímenes”). 100.000 personas homenajearon a Milosevic en su funeral en 2006 100.000 a Gotovina en Zagreb el año pasado con las autoridades al frente. Muertos Tudjman y Milosevic, que habían movilizado a sus países tras las banderas de la Gran Serbia y la Gran Croacia –en cuyo nombre se cometieron los crímenes–, los liberados por el TPIY son el símbolo de aquellos programas y aquellos crímenes. Su absolución, así como los parabienes de la UE, equivalen a una convalidación de las prácticas de las elites nacionalistas que han secuestrado la justicia transicional en provecho propio (J. Subotic. Hijacked Justice. Dealing With the Past in the Balkans, 2009). La UE declaró solemnemente que solo concedería ayudas si “se asegura el retorno de los refugiados” (El País, 29/10/1995). El exviceprimer ministro croata Ivo Sanader –condenado luego por corrupción– declaró al final de la Operación Tormenta: “Los serbios de Croacia ya no necesitan autonomía, se han ido todos”. En junio de 2006 el Parlamento croata aprobó una Declaración de autoabsolución nacional de la Operación Tormenta. Karadzic acaba de mantener mientras se le juzga que “más de la mitad de Srebrenica es fraude”. Pero hay otra Serbia, como la que cada víspera del 11 de julio reclama justicia para Srebrenica, y otra Croacia como la que representa el sentir de la viñeta de Korax en Danas, dos días después de la multitudinaria recepción: Pavelic, Hitler y Tudjman ven en directo el veredicto desde el infierno y levantan los brazos como diciendo: “¿Y nosotros qué?”.El objetivo del TPIY era promover la justicia y la reconciliación evitando la trampa de la culpa colectiva2. Precisamente el objetivo del TPIY era promover la justicia y la reconciliación atribuyendo responsabilidades individualizadas para evitar la trampa de la culpa colectiva. Las absoluciones que comento suponen un revés para esta visión y una desautorización de cuantos han trabajado contra el clima de impunidad reinante “entre los nuestros”. La indignación que provocó en Serbia la liberación de Gotovina se ha calmado con la salida de los primeros espadas de Milosevic (que organizaron unidades paramilitares como los Tigres de Arkan, los Escorpiones o los Boinas Rojas).Ha habido dos reacciones opuestas a estas medidas del tribunal. Para la mayoría, han supuesto un cambio de rumbo fatal por cuando equivale a la exoneración de los regímenes criminales, una victimación renovada para los supervivientes y un paso hacia la impunidad. (En una recepción a los generales, el presidente croata I. Josipovic dejó claro que el veredicto exoneraba por extensión al régimen). Otra línea, minoritaria, sostiene que no hay tal bandazo sino la aplicación de un criterio garantista, porque no se debe confundir la moral con la justicia.Una carta del juez danés Frederik Harhoff ha generado un aluvión de reacciones. Una frase da pistas favorables a la tesis del cambio de rumbo: “Podría pensarse que el establishment militar de países poderosos (como EE UU e Israel) percibía que la práctica penal se estaba aproximando demasiado a las responsabilidades de los altos mandos militares”. Es significativo que la sentencia absolutoria reconozca la gravedad de los crímenes , pero abandone la doctrina de la responsabilidad de mando de modo que no admite culpabilidad por no haber evidencia directa de intención criminal en los acusados. De este modo, como han señalado varios analistas, el tribunal discrimina entre acusados corrientes –condenables– y acusados potencialmente peligrosos –no condenables–. ¿Peligrosos? En la medida en la extensión del principio de responsabilidad de mando podría establecer un precedente universal incómodo (E. Gordy, NYT, 2/06/2013). Para un superviviente del gueto de Varsovia, Srebrenica constituía una victoria póstuma de Hitler 3. Podría pensarse que se trata de una hipersusceptibilidad del juez danés. Sin embargo, habíamos oído de Florence Hartmann, Carla del Ponte, Chuck Sudetic o Jelena Subotic impresiones coincidentes. Hay indicios que apuntan a presiones desde el presidente, el norteamericano Theodor Meron, antes ciudadano israelí, a donde llegó huyendo de Hitler desde Polonia. Se ha acusado a Harhoff de indiscreción, pero es sabido que Meron ha informado diligentemente a su embajada sobre los asuntos internos del tribunal. Según un cable de Wikileaks (23/7/2003), habría expresado al embajador su descontento con la fiscal Carla del Ponte y los riesgos que suponía su actitud demasiado decidida, pidiendo que no se renovara su mandato. Hay que recordar, en la dirección de la línea mayoritaria, que los países citados por Harkoff no figuran entre los 122 miembros del Tribunal Penal Internacional, que hubo una implicación indiscutida de militares norteamericanos en la Operación Tormenta –que los allegados de Gotovina en la extremista Honos habían amenazado con revelar– (The Observer, 8/7/2001 Revelaciones de Gotovina RTV Slovenia, 4/8/2005) así como de Stanisic con la CIA (The Economist, 1/06/2013). Para completar las alusiones, el primer ministro israelí B. Netanyahu prometió que ningún israelí sería juzgado por un tribunal internacional (Haaretz, 12/10/2009). Se creyó que la Guerra Fría era el obstáculo principal para construir una justicia internacional. A los 18 años de Srebrenica y 80 de la llegada de Hitler al poder, tenemos que preguntarnos qué se hizo de la lección sobre el mal. ¿No son las limpiezas étnicas hijas de las mitologías del Lebensraum y su corolario, las vidas desechables? Para Marek Edelman, superviviente del gueto de Varsovia, Srebrenica constituía una victoria póstuma de Hitler. Según Sudetic, "si Hitler hubiera sido juzgado por los crímenes del Holocausto según la plantilla del ayudar e inducir aplicada por el TPIY, podría muy bien haber resultado absuelto” (The Economist, 1/06/2013). Si la justicia es el único consuelo para las víctimas, las decisiones aludidas constituyen un perturbador revés.La Justicia Transicional negociaLa Justicia Transicional  en la Argentina como  política de Estado (resumen)Fuente: arrivillagablog on May 11, 2011 Cuando nos referimos a la Justicia Transicional, tanto legos como muchos profesionales del derecho desconocen el significado de esta expresión y no sospechan acerca del uso que de ella se está realizando en la Argentina, en beneficio de ciertos grupos de poder. Luego de la caída del muro de Berlín, a fines de los ochenta, surgió un nuevo paradigma internacional que impulsó la paz, la democracia y los derechos humanos. En aquella época muchos países aún estaban envueltos en las consecuencias periféricas de la Guerra Fría, con escenarios donde proliferaron los conflictos asimétricos1 o conflictos armados internos como los identifica el CICR2, en los que la letra fría de las convenciones de Ginebra por lo general no se aplicó. En ese marco, en el seno de la ONU comenzaron a surgir propuestas para obtener la pacificación y garantías de no repetición, diferentes de las tradicionales amnistías, para resolver los conflictos armados internos. Así surgieron a fines de los ’80 las propuestas de los relatores de ddhh, Luis Joinet y Theo Van Boven3, entre otros, uienes tomaron algunas ideas del proceso que Alfonsín siguió en el juicio a las Juntas Militares. Estas ideas comenzaron a ser sistematizadas por la ONU y después del ataque a las Torres Gemelas, en ese organismo se dio mayor impulso a la lucha contra el terrorismo, como se refleja en numerosos documentos del Secretario General Kofi Anann. El ACNUDH4 comenzó a elaborar y sistematizar instrumentos del estado de derecho bajo el nombre genérico de Justicia Transicional, basándose en los trabajos de dichos relatores y la experiencia recogida por la ONU en diferentes conflictos. Si bien algunos se resolvieron con amnistías, como el caso de Irlanda, Sudáfrica luego del paso por comisiones de la verdad, y Argelia en el 2005, en otros se priorizaron las políticas de castigo por sobre las tradicionales políticas de perdón. La ONU publicó una serie de documentos destinados a proveer de iniciativas legales a los países que salen de un conflicto, cuyo fin último es lograr la pacificación.  En la serie Instrumentos del Estado de Derecho para Sociedades que han Salido de un Conflicto, se publicaron los siguientes títulos:1) Proceso de depuración marco operacional 2006 2) Cartografía del sector de la justicia 2006 3) Supervisión del sistema de justicia 2006 4) Iniciativas de enjuiciamiento 2006 5) Programa de reparaciones 2008 6) Aprovechamiento al máximo de los legados de los tribunales mixtos, 2008 7) Consultas nacionales sobre Justicia Transicional 2009  Ya en el 2004 Kofi Annan, en el informe al Consejo de Seguridad5 definió la “justicia de transición” como toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por resolver los problemas de un pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación, cuyas estrategias debían ser holísticas y prestar atención integrada a los procesos, las indemnizaciones, la búsqueda de la verdad, la reforma institucional, la investigación de antecedentes y las destituciones o una combinación adecuada de los elementos anteriores.Además de la resaltada necesidad de ver el proceso histórico de manera holística, la ONU recomienda la aplicación de las iniciativas de Justicia Transicional, luego de consultas populares realizadas por expertos independientes sin intereses políticos, pues las normas internacionales de ddhh exigen la celebración de consultas nacionales.Los principios de la Justicia Transicional conforman un conjunto de medidas, que suelen resumirse en las siguientes iniciativas políticas que debieran llevar adelante los gobiernos, al emerger de un conflicto en su transición hacia una democracia: • Acciones penales. Se trata de investigaciones judiciales de los responsables de violaciones de derechos humanos. A menudo los fiscales hacen hincapié en las investigaciones de los “peces gordos”: sospechosos considerados responsables de crímenes masivos o sistemáticos. • Comisiones de la verdad. Tienen como fin primordial investigar e informar sobre los abusos cometidos durante períodos clave del pasado reciente. Suele tratarse de órganos oficiales del Estado que formulan recomendaciones para remediar tales abusos y prevenir su repetición. • Programas de reparación. Son iniciativas patrocinadas por el Estado que ayudan a la reparación material y moral de los daños causados por abusos del pasado. En general, consisten en una combinación de beneficios materiales y simbólicos para las víctimas, que pueden incluir desde compensaciones económicas hasta peticiones de perdón oficiales. • Justicia de género. Incluye esfuerzos para combatir la impunidad de la violencia sexual y de género, y asegurar el acceso de las mujeres, en igualdad de condiciones, a los programas de reparación por violaciones a los derechos humanos. • Reforma institucional. Busca transformar las fuerzas armadas, la policía, el poder judicial e instituciones estatales, con el fin de modificar instrumentos de represión y corrupción, y convertirlas en herramientas íntegras de servicio público. • Iniciativas de conmemoración. Entre ellas figuran los museos y los monumentos públicos que preservan la memoria de las víctimas y aumentan la conciencia moral sobre los abusos cometidos en el pasado, con el fin de evitar su repetición.Las respuestas de la ONU ante la agresión terrorista de Al Qaeda, en el 2001, reforzaron la política punitiva internacional contra el terrorismo, que hasta ese momento era desarrollado en estados nacionales, generalmente por grupos terroristas integrados por connacionales. Estos procesos violentos comenzaron a verse entonces desde la perspectiva de la víctima, lo que generó un paradigma internacional contrario al terrorismo basado en la doctrina de la víctima, también presente en los principios de la Justicia Transicional. Ante esta situación, los ex miembros de organizaciones terroristas argentinas percibieron el cambio internacional y tomaron conciencia que sus delitos aún continúan impunes. Al asumir Kirchner, uno de los primeros problemas que enfrentó fue el pedido de extradición de militares argentinos a España, en un intento de darle cuerpo a la “justicia universal” con eje en ese país a través del juez Garzón. Kirchner cambió la política de sus predecesores y optó por abrir los juicios en la Argentina. Poco tiempo después aplicó los principios de la Justicia Transicional como política de Estado y en ese contexto enmarcó los procesos judiciales contra los militares. Esta actividad política le dio al gobierno la oportunidad de mostrase a la vanguardia de los derechos humanos, pero revivió la división de buena parte de la sociedad en los mismos términos que en los ’70.  En síntesis, las políticas internacionales diseñadas por la ONU con el noble fin de pacificar y consolidar las democracias en aquellos países que salieran de un conflicto, se aplican en la Argentina sólo contra los agentes del Estado, sin realizar consultas populares como recomienda dicho organismo internacional y en forma atemporal sobre una democracia que ya había superado la transición hace ya más de treinta años. También la Justicia Transicional sirvió para legitimar la introducción de las reformas institucionales implementadas por el gobierno kirchnerista. Sin embargo las modificaciones realizadas en el seno de las fuerzas armadas y de la policía, no formaron parte de la plataforma electoral del gobierno ni fueron previamente expuestas a la sociedad. Dichas reformas dejaron al país en estado de indefensión interna y externa, y fueron realizadas sin la participación de los partidos políticos ni de los mecanismos de la democracia. El impulso reformador puede terminar en su actual nivel o escalar, dado que aún quedan en cartera otras reformas también recomendadas por la Justicia Transicional, tales como el servicio de justicia y eventualmente la educación. Por otra parte, las posibilidades de reformas del Estado quedan abiertas al amparo de la Justicia Transicional, pues las medidas recomendadas por la ONU para un estado excepcional de transición de las sociedades post conflicto, no se limitan a las ya referidas (museos de la memoria, pedido público de perdón, reparación a las víctimas, reformas a las institucionales etc.) sino que permanecen abiertas en la medida que las políticas aplicadas puedan justificarse como garantía de no repetición. Debe además tenerse en cuenta, que en la Argentina el aspecto central de la aplicación de estos criterios radica en los juicios a integrantes de las fuerzas armadas y fuerzas de seguridad.  Cabe agregar a ello que las víctimas inocentes de las organizaciones terroristas sufren una discriminación permanente al no ser reconocidas ni consideradas por el mismo Estado. El ICTJ:  La Justicia Transicional de los demócratas Para la imposición de las iniciativas políticas de Kirchner, el gobierno contó con un impulso adicional. En el 2000 en pleno desarrollo de la ofensiva militar contra Irak, los demócratas americanos con el apoyo de la Fundación Ford, la Fundación Catherine T. y John D. MacArthur, la Corporación Carnegie de Nueva York, el Fondo de los Hermanos Rockefeller y el Fondo de la Familia Andrus, fundaron el International Center for Transitional Justice (ICTJ), cuya finalidad es crear una nueva dirección en la promoción de los derechos humanos dirigida a apoyar a las sociedades en la sanación de sus heridas, dando cuenta de los crímenes del pasado tras un período de gobierno represivo o de conflicto armado y contribuyendo a enfrentarlos. Desde entonces el ICTJ tuvo una rápida difusión. Trabaja activamente en 28 países, brinda asesoramiento a instituciones judiciales, hace presentaciones en la justicia como amicus curiae, y desarrolla un generoso plan de asesoramiento y difusión académica de los principios de la Justicia de Transición. Surge de los objetivos de esta ONG el fomento y la promoción de derechos humanos, a partir del reconocimiento que la base jurídica de la Justicia Transicional es la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que vela por el cumplimiento del Pacto de San José de Costa Rica por parte de los estados. Sin embargo los EE.UU. no forman parte de este pacto, por lo que la promocionada difusión de los ddhh, es generalmente “for export”. No obstante, a partir de las denuncias contra la administración Bush por los casos de violaciones y abusos de los prisioneros de Guantánamo y Abu Grahib, el ICTJ miró hacia los EE.UU y condenó la actuación de la administración republicana, e hizo recomendaciones a la administración demócrata. 

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