España frente al Holocausto.Iñigo Gómez Jordana

España frente al Holocausto. Iñigo Gómez Jordana

El País, es. On line, 27.02.2014

En mayo de 1944, el cuerpo diplomático español ofreció un homenaje a su entonces ministro (de quien tengo el honor de ser nieto), el conde de Jordana, por el éxito alcanzado con la firma de los llamados Acuerdos de Mayo. El contenido de dichos acuerdos lo merecía se daba un paso definitivo en la política de colaboración con los Aliados al retirar los envíos de wolframio a Alemania, se aseguraba el suministro de gasolina de Estados Unidos y se repatriaba a los últimos de la División Azul. Era la última batalla de la titánica lucha de Jordana por mantener a España fuera de la II Guerra Mundial.

En las palabras que él dirigió a sus colaboradores, decía el ministro: “Nuestra diplomacia ha obtenido y obtiene grandes triunfos. No desmayéis en vuestra labor porque la veáis silenciada y aún criticada. Vuestra misión de la diplomacia es de abnegación, de sacrificio, silenciosa, muy parecida a la que corresponde al Estado Mayor de las Fuerzas Armadas. Yo estoy curtido en este modo de trabajar y puedo deciros que a la larga resulta sumamente grata, porque habéis de tener en cuenta que el prestigio sólido no se adquiere con propaganda ficticia, sino con la realización de hechos que pasen a la posteridad. Y nada más hermoso que servir a la patria callada y desinteresadamente”.

Sabía muy bien Jordana que eso era así. Su labor había sido interesadamente silenciada o no reconocida en sus distintos periodos en el Gobierno y por ello, su reflexión a los diplomáticos era, también a futuro, premonitoria. Así se deduce de la exposición de motivos del proyecto de Ley de Concesión de Nacionalidad Española a los Sefardíes, de 7 de febrero de 2014, donde se dice: “El Decreto Legislativo 1924 (...) fue el marco jurídico que permitió a las legaciones diplomáticas españolas, durante la II Guerra Mundial, dar protección consular a aquellos sefardíes que habían obtenido la nacionalidad española al amparo de ese decreto. El espíritu humanitario de estos diplomáticos amplió la protección consular a los sefardíes no naturalizados y, en último término, a muchos otros judíos. Es el caso, entre otros, de Ángel Sanz Briz en Budapest, de Sebastián de Romero Radigales en Atenas, de Bernardo Rolland de Miotta en París, de Julio Palencia en Sofía, de José Rojas en Bucarest, de Javier Martínez de Bedoya en Lisboa, o de Eduardo Propper de Callejón en Burdeos. Miles de judíos escaparon así del Holocausto y pudieron salvar sus vidas”.

“El espíritu humanitario” de esos diplomáticos, al que se refiere la exposición de motivos, está fuera de toda duda. También su audacia y su valentía. Más allá de la política que guió su actuación, los diplomáticos de aquella época eran los directos responsables de su acción. Las comunicaciones eran limitadas, no había capacidad real de desplazarse a Madrid, ni posibilidad de recabar instrucciones día a día, y, lo olvidamos, las muestras gráficas del entorno en el que vivían no se compartían en tiempo real. Los diplomáticos de entonces hacían en sus destinos lo que consideraban correcto dentro de las órdenes recibidas de su cadena de mando, pero, en ausencia de estas, con base en la política general en la que habrían sido instruidos.

Los sefardíes obtuvieron la protección consular española y, en último término, otros judíos

Resulta, sin embargo, que todos los citados diplomáticos llevaron a cabo las actuaciones por las que ahora son recordados, precisamente en la etapa ministerial de Gómez-Jordana. Por eso resulta difícil pretender que este ministro, que se caracterizó frente a su antecesor (Serrano Súñer) por la estrecha relación que tenía con sus diplomáticos, pudiera no ya oponerse —como se ha sugerido en algún libro-fábula publicado hace años—, sino no apoyar y alentar esa labor.

Uno de los ahora recordados en la exposición de motivos, Javier Martínez de Bedoya, relataba en un pasaje revelador de sus Memorias cómo Jordana le convocó en octubre de 1943 a su casa para, tras preguntarle si era antisemita, encargarle la delicada misión de trasladarse a Lisboa para facilitar desde allí y con diversas y precisas instrucciones un plan global de protección a los judíos que incluía el tránsito de estos a través de la Península. Este plan se veía facilitado por la firma entre España y Portugal (siendo Jordana ministro y Salazar jefe del Gobierno) del llamado Bloque Ibérico que aseguraba, entre otras muchas cuestiones, la neutralidad estratégica de la Península.

Y es que el propio Bernd Rother en su libro Franco y el Holocausto ha tenido que reconocer (a disgusto, parece) que aún “relativizando” las estimaciones “quizás de 20.000 a 35.000 judíos fueron salvados porque España, a pesar de su amistad con Alemania (sic), no les rechazó la entrada en la frontera”.

Supongo que al final se trataba de salvar vidas. No de contarlo. “El prestigio sólido no se adquiere con propaganda ficticia, sino con la realización de hechos que pasen a la posteridad”, decía el conde de Jordana a sus colaboradores, aquellos a quienes los redactores del proyecto de ley de Concesión de Nacionalidad distinguen con su recuerdo. En relación con el ministro, como él mismo había previsto, se ha impuesto el silencio. Creo que conviene recordarlo.

Iñigo Gómez-Jordana es socio presidente de Allen &amp Overy Abogados en España y profesor de Derecho Mercantil de la UCM.

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