La unidad económica familiar dentro del contexto de la unidad econòmica. Honorio Guaschino

La unidad económica familiar dentro del contexto de la unidad econòmica. Honorio Guaschino*

 La unidad económica es la superficie adecuada para la satisfacción de las necesidades económicas de una familia agraria tipo y sus dependientes, esto es lo que se llama unidad económica familiar.

         Existe como lo establece el Código Rural de la provincia de Buenos Aires la unidad económica de hecho o de explotación como se da en la realidad del quehacer agropecuario

         Ahora debemos hablar de unidad económica ambiental como dice el Dr.Eduardo A. Pigretti.

         Existe un proyecto de legislación sobre unidad económica, que da una clasificación, para la provincia de Entre Ríos.

         Que incluye el parvifundio improductivo, el minifundio, el latifundio, la unidad económica social en el campo, como un centro deportivo o una iglesia.

         A contignación se analizaran los artículos correspondientes del Código Rural de la provincia de Buenos Aires.

         Hace referencia el Código Rural de la provincia de Buenos Aires de 1970  que si se debe o no demostrar la existencia de la unidad económica.

         Hace relación a la dimensión de la unidad económica de acuerdo a las circunstancias locales,

         No es lo mismo la superficie de la Patagonia que la provincia de Buenos Aires, más rica.

         En la estepa Patagonia el ganado ovino es depredador de los matorrales, porque los arranca, en cambio en la provincia de Buenos Aires la extensión puede variar de 300 a 500 hectáreas.

         Los artículos 2326 y 3475 bis, del Código Civil conforme reforma  Borda de la ley 17711, establecen que las dimensiones de la unidad económica deben ser reglamentadas en forma local.

         La provincia de Santa Fe que es una provincia de chacareros que coincide con la unidad económica ,en cambio la provincia de Buenos Aires se ha ocupado mas del latifundio.

         Lo importante es la eficacia de las normas sobre unidad económica, que sean cumplidas, como es necesario que se cumpla en la provincia de Entre Ríos.

         Se habla de la unidad económica de servicio como un templo, centro deportivo en la zona rural.

         Lo importante es la eficacia y la eficiencia de una norma, eficacia es el acatamiento de una norma, eficiencia es la posibilidad de una norma de ser cumplida.

         El Código Rural de 1970 para la provincia de Buenos Aires trata el tema de la unidad económica de los arts.43 a 46.

         Art.43 .El organismos competente ejercerá el contralor de la subdivisión de inmuebles rurales destinados a la explotación agropecuaria ,asegurando que los lotes resultantes no estén por debajo de las superficies mínimas que el Poder Ejecutivo determine mediante reglamentación ,como constitutivas de la unidad económica de explotacion.La determinación de las superficies constitutivas de la unidad económica, deberá efectuarse teniendo en cuenta las características de la zona,la calidad de la tierra, el tipo de cultivo y la existencia o falta de riego, estableciéndose su extensión de modo de permitir una explotación  prospera.

         Art. 44 A los efectos del articulo anterior toda subdivisión de inmuebles que se realice,con destino a la actividad agropecuaria ,deberá ser aprobada por el organismo competente, Sin cuyo requisito previo no procederán las inscripciones correspondientes en las dependencias provinciales ni su protocolización en los registro notariales.Los titulares del dominio que deseen obtener la aprobación a que se refiere este articulo, deberán acompañar al plano que proponen un estudio agro económico demostrativo de la conveniencia de la subdivisión suscripto por profesional matriculado especializado.

         Art.45. El organismo competente elevara al Poder Ejecutivo, para su aprobación, la determinación que efectuara de partidos o zonas agrarias, contendiendo las dimensiones que en cada caso correspondan a la unidad económica. En tal supuesto, los interesados en efectuar subdivisiones podrán solicitarlas sin presentar el estudio agro-económico a que se refiere el artículo anterior, siempre que se acredite que la subdivisión no altera las dimensiones señaladas en la precitada reglamentación.

         En lugares de alta división de la tierra como la provincia de La Rioja o mismo en la provincia de Buenos Aires ha resultado ser suficiente el concepto de unidad económica.

         El principal efecto de la unidad económica es la indivisibilidad, como ha sucedido con el Instituto de Tierras Indivisas de la provincia de La Rioja.

         La agricultura familiar se posiciona como una prioridad en las agendas de varios países para la America Latina y el Caribe.

         La agricultura familiar se posiciona en las agendas de varios países de America Latina y el Caribe que están adoptando políticas publicas para beneficiar a este sector fundamental para la seguridad alimentaria y el bienestar rural en la región.

         Es menester relacionar la unidad económica familiar con la ley de ordenamiento territorial de la provincia de Buenos Aires 8912.

         Esta ley siguiendo a la Conferencia de Estocolmo de 1972 alude al criterio de zonificación territorial, urbana, residencial, agricola, etc.

         Se refiere a la ley 8912 de la provincia de Buenos Aries, confeccionada por arquitectos.

El de unidad económica es un concepto práctico que vino a reemplazar a los conceptos de propiedad grande, mediana y chica o pequeña, que no alcanzaban a ser latifundios.

         El Art.30 del decreto 7786/49 reglamentario de la ley 13246 de arrendamientos y aparcerías rurales, hoy derogado definía a la unidad económica como todo predio que por su superficie, calidad de tierra, ubicación, mejoras y demás condiciones de explotación, racionalmente trabajada por una familia agraria que aporta la mayor parte del trabajo necesario, permita subvenir a sus necesidades y a una evolución favorable de la empresa. Este es el concepto de unidad económica familiar o también denominada de simple subsistencia, hay otra unidad económica que es la de producción aporta el mercado.

         La unidad económica es una medida elástica, variable, según los ambientes, el tipo de cultivo, la fertilidad de tierra, la infraestructura que le sirve y que en última instancia queda librada su determinación al peritaje agro-técnico.

         *Honorio Héctor Guaschino.

         Profesor titular de Recursos Naturales y medio ambiente.Universidad Abierta Interamericana.

         Profesor titular de derecho ambiental.Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina.

         Profesor adjunto regular Universidad Nacional de Buenos Aires.

         Profesor adjunto Universidad Nacional de Lomas de Zamora.

         Profesor adjunto .Universidad Atlántida argentina.

 La unidad económica familiar dentro del contexto de la unidad econòmica. Honorio Guaschino*

La unidad económica es la superficie adecuada para la satisfacción de las necesidades económicas de una familia agraria tipo y sus dependientes, esto es lo que se llama unidad económica familiar.

Existe como lo establece el Código Rural de la provincia de Buenos Aires la unidad económica de hecho o de explotación como se da en la realidad del quehacer agropecuario

Ahora debemos hablar de unidad económica ambiental como dice el Dr.Eduardo A. Pigretti.

Existe un proyecto de legislación sobre unidad económica, que da una clasificación, para la provincia de Entre Ríos.

Que incluye el parvifundio improductivo, el minifundio, el latifundio, la unidad económica social en el campo, como un centro deportivo o una iglesia.

A contignación se analizaran los artículos correspondientes del Código Rural de la provincia de Buenos Aires.

Hace referencia el Código Rural de la provincia de Buenos Aires de 1970 que si se debe o no demostrar la existencia de la unidad económica.

Hace relación a la dimensión de la unidad económica de acuerdo a las circunstancias locales,

No es lo mismo la superficie de la Patagonia que la provincia de Buenos Aires, más rica.

En la estepa Patagonia el ganado ovino es depredador de los matorrales, porque los arranca, en cambio en la provincia de Buenos Aires la extensión puede variar de 300 a 500 hectáreas.

Los artículos 2326 y 3475 bis, del Código Civil conforme reforma Borda de la ley 17711, establecen que las dimensiones de la unidad económica deben ser reglamentadas en forma local.

La provincia de Santa Fe que es una provincia de chacareros que coincide con la unidad económica ,en cambio la provincia de Buenos Aires se ha ocupado mas del latifundio.

Lo importante es la eficacia de las normas sobre unidad económica, que sean cumplidas, como es necesario que se cumpla en la provincia de Entre Ríos.

Se habla de la unidad económica de servicio como un templo, centro deportivo en la zona rural.

Lo importante es la eficacia y la eficiencia de una norma, eficacia es el acatamiento de una norma, eficiencia es la posibilidad de una norma de ser cumplida.

El Código Rural de 1970 para la provincia de Buenos Aires trata el tema de la unidad económica de los arts.43 a 46.

Art.43 .El organismos competente ejercerá el contralor de la subdivisión de inmuebles rurales destinados a la explotación agropecuaria ,asegurando que los lotes resultantes no estén por debajo de las superficies mínimas que el Poder Ejecutivo determine mediante reglamentación ,como constitutivas de la unidad económica de explotacion.La determinación de las superficies constitutivas de la unidad económica, deberá efectuarse teniendo en cuenta las características de la zona,la calidad de la tierra, el tipo de cultivo y la existencia o falta de riego, estableciéndose su extensión de modo de permitir una explotación prospera.

Art. 44 A los efectos del articulo anterior toda subdivisión de inmuebles que se realice,con destino a la actividad agropecuaria ,deberá ser aprobada por el organismo competente, Sin cuyo requisito previo no procederán las inscripciones correspondientes en las dependencias provinciales ni su protocolización en los registro notariales.Los titulares del dominio que deseen obtener la aprobación a que se refiere este articulo, deberán acompañar al plano que proponen un estudio agro económico demostrativo de la conveniencia de la subdivisión suscripto por profesional matriculado especializado.

Art.45. El organismo competente elevara al Poder Ejecutivo, para su aprobación, la determinación que efectuara de partidos o zonas agrarias, contendiendo las dimensiones que en cada caso correspondan a la unidad económica. En tal supuesto, los interesados en efectuar subdivisiones podrán solicitarlas sin presentar el estudio agro-económico a que se refiere el artículo anterior, siempre que se acredite que la subdivisión no altera las dimensiones señaladas en la precitada reglamentación.

En lugares de alta división de la tierra como la provincia de La Rioja o mismo en la provincia de Buenos Aires ha resultado ser suficiente el concepto de unidad económica.

El principal efecto de la unidad económica es la indivisibilidad, como ha sucedido con el Instituto de Tierras Indivisas de la provincia de La Rioja.

La agricultura familiar se posiciona como una prioridad en las agendas de varios países para la America Latina y el Caribe.

La agricultura familiar se posiciona en las agendas de varios países de America Latina y el Caribe que están adoptando políticas publicas para beneficiar a este sector fundamental para la seguridad alimentaria y el bienestar rural en la región.

Es menester relacionar la unidad económica familiar con la ley de ordenamiento territorial de la provincia de Buenos Aires 8912.

Esta ley siguiendo a la Conferencia de Estocolmo de 1972 alude al criterio de zonificación territorial, urbana, residencial, agricola, etc.

Se refiere a la ley 8912 de la provincia de Buenos Aries, confeccionada por arquitectos.

El de unidad económica es un concepto práctico que vino a reemplazar a los conceptos de propiedad grande, mediana y chica o pequeña, que no alcanzaban a ser latifundios.

El Art.30 del decreto 7786/49 reglamentario de la ley 13246 de arrendamientos y aparcerías rurales, hoy derogado definía a la unidad económica como todo predio que por su superficie, calidad de tierra, ubicación, mejoras y demás condiciones de explotación, racionalmente trabajada por una familia agraria que aporta la mayor parte del trabajo necesario, permita subvenir a sus necesidades y a una evolución favorable de la empresa. Este es el concepto de unidad económica familiar o también denominada de simple subsistencia, hay otra unidad económica que es la de producción aporta el mercado.

La unidad económica es una medida elástica, variable, según los ambientes, el tipo de cultivo, la fertilidad de tierra, la infraestructura que le sirve y que en última instancia queda librada su determinación al peritaje agro-técnico.

*Honorio Héctor Guaschino.

Profesor titular de Recursos Naturales y medio ambiente.Universidad Abierta Interamericana.

Profesor titular de derecho ambiental.Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina.

Profesor adjunto regular Universidad Nacional de Buenos Aires.

Profesor adjunto Universidad Nacional de Lomas de Zamora.

Profesor adjunto .Universidad Atlántida argentina.

En Newsmatic nos especializamos en tecnología de vanguardia, contamos con los artículos mas novedosos sobre Artículos, allí encontraras muchos artículos similares a La unidad económica familiar dentro del contexto de la unidad econòmica. Honorio Guaschino , tenemos lo ultimo en tecnología 2023.

Artículos Relacionados

Subir

Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación, mostrarle anuncios o contenidos personalizados y analizar nuestro tráfico. Al hacer clic en “Aceptar todo” usted da su consentimiento a nuestro uso de las cookies.