Crisis del capitalismo y Derecho del Trabajo (I).Luis Raffaghelli

Título: Crisis del capitalismo y Derecho del TrabajoAutor: Luis RaffaghelliDocente universitario, Juez en la CNAT Sala VI. Reside en Buenos Aires   Fecha de entrega:26.03.2014Fecha de recepción:26.03.2014ResumenLa lucha anticapitalista requiere una democracia posliberal que se profundice a costa de su opuesto y en caso de conflicto, prevalecer la democracia real. Los centros de poder mundial fueron plasmando su propia idea de sociedad global, no coincidente con la inmensa mayoría de la población universal.El capital transnacional comanda y pretende seguir haciéndolo una nueva división internacional del trabajo con eje en la concentración de los ingresos en una elite planetaria, donde la especulación es la forma de crear demanda, generando las frecuentes crisis económicas.Las inversiones de ese capital se localizan allí donde reciben mayores concesiones en materia impositiva, laboral  y ambiental.El avance técnico-productivo se acompaña con una baja del salario medio global, mayores jornadas de trabajo, reducción de cargas impositivas y de control ambiental.Pero ese esquema no está exento de serias contradicciones ya que el sagrado mercado no puede ser solo para un puñado de magnates ante la creciente producción global. Si la humanidad define como eje la lucha contra la desigualdad, cada nueva meta deberá abordar las injusticias sistémicas que la causan, desde la discriminación institucional contra minorías hasta los desequilibrios en las inversiones sociales, siendo la protección social una parte indispensable de las políticas para acabar con las desigualdades y para asegurar que la agenda post-2015 no deje fuera a ningún grupo, ni comunidad ni región.La crisis global impacta en el Derecho del Trabajo, en sus principales expresiones: La libertad sindical y la negociación colectiva la calidad del trabajo con débil estabilidad y el uso de la tercerización como reducción de costos empresarios, o fraude laboral, afectando a los trabajadores y al resto de la sociedad. El sindicalismo vive su propia crisis, debatiéndose por su incapacidad de representar eficazmente a sus colectivos y por ende en muchos casos, afectando su rol transformador de la sociedad a través de la justicia social.La protesta social es la condigna respuesta a las desigualdades sociales crecientes y el ajuste que pagan los sectores más vulnerables. Frente a ello no caben las políticas de criminalización de la misma.Son necesarias políticas públicas del crecimiento con desarrollo social y viceversa para lograr trabajo justo es un imperativo, mientras que el Derecho del Trabajo ejerciendo su rol histórico será la herramienta idónea para poner freno al capital transnacional y reivindicar la dignidad humana.Palabras  claves: Capitalismo transnacional Políticas públicasAbstractSummary  The fight anticapitalista requires a democracy posliberal that is deepened to coast of its opposed one and in the event of conflict, to prevail the real democracy. The centers of world power were capturing their own idea of global society, not coincident with the universal population's immense majority.  The transnational capital commands and it seeks to continue making it a new international division of the work with axis in the concentration of the revenues in a planetary elite, where the speculation is the form of creating demand, generating the frequent economic crises.  The investments of that capital are located there where they receive bigger concessions in tax, labor and environmental matter.  The technician-productive advance accompanies with a drop of the wage half global, bigger work days, reduction of tax loads and of environmental control.  But that outline is not exempt of serious contradictions since the sacred market cannot be alone for a handful of magnates before the growing global production.   If the humanity defines as axis the fight against the inequality, each new goal will approach the systemic injustices that cause it, from the institutional discrimination against minorities until the imbalances in the social investments, being the social protection an indispensable part of the politicians to put an end to the inequalities and to assure that the calendar post-2015 he/she doesn't leave he/she went to any group, neither community neither region.  The global crisis impacts in the Right of the Work, in its main expressions: The union freedom and the collective negotiation the quality of the work with weak stability and the use of the tercerización like reduction of costs managers, or labor fraud, affecting the workers and the rest of the society.   The syndicalism lives its own crisis, being debated by its inability of representing efficiently to its communities and for ende in many cases, affecting its list transformer of the society through the social justice.  The social protest is the condigna answer to the growing social inequalities and the adjustment that you/they pay the most vulnerable sectors.   In front of the politicians of criminalization of the same one they don't fit it.  They are necessary political public of the growth with social development and vice versa to achieve I work exactly it is an imperative, while the Right of the Work exercising their historical list will be the suitable tool to put control to the transnational capital and to claim the human dignity.        Key words: Transnational capitalism Political public  Resumo    O anticapitalista de briga requer um posliberal de democracia que é afundado para costear de seu oposto e no caso de conflito, predominar a real democracia. Os centros de poder mundial estavam capturando a própria idéia deles/delas de sociedade global, não coincidente com a imensa maioria da população universal.    Os comandos importantes transnacionais e busca continuar fabricação isto uma divisão internacional nova do trabalho com eixo na concentração das rendas em uma elite planetária onde a especulação é a forma de criar demanda, enquanto gerando as crises econômicas freqüentes.    Os investimentos daquele capital ficam lá situados onde eles recebem concessões maiores em imposto, trabalho e assunto ambiental.    O avanço técnico-produtivo acompanha com uma gota do salário dias de trabalho meio globais, maiores, redução de cargas de imposto e de controle ambiental.    Mas aquele esboço não está isento de contradições sérias desde que o mercado sagrado não pode estar só para um punhado de magnatas antes da produção global crescente.     Se a humanidade definir como eixo a briga contra a desigualdade, cada meta nova chegará as injustiças sistêmicas que causam isto, da discriminação institucional contra minorias até os desequilíbrios nos investimentos sociais, sendo a proteção social uma parte indispensável dos políticos acabar com as desigualdades e assegurar que o calendário poste-2015 he/she não parte he/she foram para qualquer grupo, nenhuma comunidade nenhuma região.    A crise global imprensa no Direito do Trabalho, em suas expressões principais,: A liberdade de união e a negociação coletiva a qualidade do trabalho com estabilidade fraca e o uso do tercerización como redução de gerentes de custos, ou fraude de trabalho, afetando os trabalhadores e o resto da sociedade.     O sindicalismo vive sua própria crise, sendo debatido por sua inabilidade de representar eficazmente a suas comunidades e para ende em muitos casos, afetando seu transformador de lista da sociedade pela justiça social.    O protesto social é o condigna respondem às desigualdades sociais crescentes e o ajuste que you/they pagam os setores mais vulneráveis.     Em frente aos políticos de criminalização do mesmo eles não ajustam isto.    Eles são público político necessário do crescimento com desenvolvimento social e vice-versa alcançar eu trabalho exatamente é um imperativo, enquanto o Direito do Trabalho que exercita a lista histórica deles/delas será a ferramenta satisfatória para pôr controle ao capital transnacional e reivindicar a dignidade humana.                Palavras chaves: Capitalismo transnacional Público político      Sumario1.    Introducción.2.    La Desigualdad Social. El retroceso del garantismo. Efectos trágicos.3.    Impacto de la crisis en el Derecho del Trabajo.a)    Libertad sindical y negociación colectivab)    Degradación de la estabilidad. Tercerización y Sub-Contratación.c)    Sindicalismo y crisis.d)    Criminalización de la protesta social.4.    Derecho del Trabajo justo y solidario. Rol del Juez Laboral en una jurisdicción democrática. 5.    Otras reglas.”Vivir sin temor es el destino del hombre”     Massimo Dursi  “Cuentos de Bertoldo” 1. INTRODUCCION. Quienes desde siempre defendemos los principios y valores de los derechos sociales y del Derecho del Trabajo en particular, constatamos con impotencia la mayor era de desigualdad social global que se conozca, que solo podrá revertirse por la voluntad de los pueblos y la energía del movimiento de los trabajadores.Nunca antes la humanidad produjo un acercamiento en la igualdad jurídica formal como el presente pero un alejamiento tan grande en la igualdad material. Ese desequilibrio constituye el principal desafío a superar por la democracia real.-La desigualdad era 1 a 3  en el siglo XIX de 1 a 10 en el siglo XX y vamos hacia el 1 a 100. La mitad de la población mundial (más de tres mil millones) esta desnutrida y más de mil millones sufren hambre, la cifra más alta de la historia de la humanidad (ONU, setiembre 2009).En ello radica las más profunda ILEGITIMIDAD JURÍDICA punto en el que Luigi Ferrajoli  dispara dos interrogantes que comparto y abordaré infra: ¿Cómo los derecho sociales pueden tornarse efectivos?…  ¿Cómo las decisiones de los tribunales de justicia pueden efectivamente incidir en su aplicabilidad práctica.Desde 1970 los Estados centrales han manejado el conflicto entre ciudadanía y las exigencias del capital tomando medidas que acrecentaron su poder:•    Inflación (1970-1980). •    Alto desempleo, década de los noventa para Argentina.•    Ataque al poder sindical (desde 1980).•    Endeudamiento de los Estados.•    Endeudamiento de las familias por las facilidades del crédito concedidas por el sector financiero sin regulaciones.•    Crisis a partir de 2008 con la conversión de la deuda privada en pública y salvataje de los bancos.Quedó patente entonces quien había ganado en el conflicto distributivo: el capital  (de Sousa Santos, 2014). El capitalismo no le tiene miedo a la democracia liberal. Pero la lucha anticapitalista requiere una democracia posliberal que se profundice a costa de aquel y en caso de conflicto debe prevalecer la democracia real.Los centros de poder mundial fueron plasmando su propia idea de sociedad global, no coincidente con la inmensa mayoría de la población universal.El capital transnacional comanda y pretende seguir haciéndolo una nueva división internacional del trabajo con eje en la concentración de los ingresos en una elite planetaria, donde la especulación es la forma de crear demanda, generando las frecuentes crisis económicas. (Asiain y Putero, 2014)  Las inversiones de ese capital se localizan allí donde reciben mayores concesiones en materia impositiva, laboral  y ambiental.Se torna difícil para los que aspiran a concretar trabajo decente competir con los productos extranjeros producidos por debajo de los estándares mínimos sociales. Y así, utilizan los reservorios de mano de obra cuasi esclava mientras que África y América Latina son destinadas a proveer materias primas en esa nueva DIT.El avance técnico-productivo se acompaña con una baja del salario medio global, mayores jornadas de trabajo, reducción de cargas impositivas y de control ambiental.Pero ese esquema no está exento de serias contradicciones ya que el sagrado mercado no puede ser solo para un puñado de magnates ante la creciente producción global. Por eso entra en crisis la mayor producción con peor distribución.Para allanar el acceso a bienes se suplantan los ingresos con el otorgamiento del crédito para estimular el consumo de hogares, empresas y naciones. Pero ya vimos que ello también superó su umbral máximo y explotó en la mayor crisis del capitalismo financiero mundial, que obviamente se traslada a la economía real y perjudica a los sectores más vulnerables de la sociedad.De cara a 2014…“es esencial que diseñemos soluciones innovadoras para las causas y consecuencias de un mundo cada vez más desigual” (Informe Foro Económico Mundial, Davos, 2014).La “increíble riqueza generada durante la última década” en Estados Unidos “fue a parar a una parte cada vez menor de la población”, advierte el FEM, “y la disparidad obedece a muchas de las mismas razones que se dan en los países en desarrollo”.A medida que la brecha entre ricos y pobres se profundiza, según mediciones nacionales e internacionales, los analistas temen que la gente sea más propensa a tomar la calle para expresar su frustración con un sistema que solo da cabida a unos pocos privilegiados. Es probable que esta situación conduzca a una mayor inestabilidad social que puede poner en peligro la seguridad mundial, advierte el informe.Frente a ese modelo se alza el camino que particularmente los pueblos de nuestra América están transitando no exentos de complejidades y problemas, pero con la certeza de un desarrollo autónomo y de rostro humano.2.  La desigualdad social. El retroceso del garantismo. Efectos trágicos.La crisis económica, entendida como la falta de dinero o la situación de la deuda como incurable, resulta la principal motivación del gesto trágico y el origen del 66,4% de los suicidios en los primeros diez meses de 2013 en Italia  (Fte: TMNews, Roma, 21.11.2013) La alarma es alta . Un total de 208 suicidios registrados en Italia por razones económicas desde principios de 2012 hasta el presente. Los grupos de edad de 45-54 años y de 55-64 años están en mayor riesgoLa pérdida de puestos de trabajo es la segunda causa de suicidio: 26 casos registrados de enero a octubre de este año. Muchos de ellos también los que se quitan la vida porque no pueden pagar las deudas de su mini-empresa (12 casos registrados), mientras que 2 casos detectados entre los que tenían dificultades para reunir créditos debidos. Las reformas laborales concretadas a la baja de derechos laborales no dieron los resultados que perseguían y enunciaban.La ley “Biagi” introdujo la flexibilidad en la contratación laboral  con la idea de que una mayor flexibilidad en la entrada crearía más empleo, por una parte y por la otra reduciría la «enfermedad» de la relación de trabajo, disminuyendo así las resoluciones de las relaciones laborales . Posteriormente se aprobó la reforma “Fornero” en el mismo sentido y ahora frente a la profundización de la crisis se vuelve a intervenir el denominado “mercado de trabajo” con el Decreto Ley 76/2013, luego convertido con modificaciones en la Ley Nº 99/2013.Las innovaciones introducidas por el llamado paquete de trabajo tiene dos ejes principales:  aumento del empleo juvenil (a través de la reforma contractual típicamente diseñada para este propósito, tales como el aprendizaje y prácticas, junto con la introducción de incentivos a la contratación para los trabajadores de entre 18 y 29 años.Los cambios en la regulación de los contratos de duración determinada, con la derogación de la prohibición de la extensión del contrato de trabajo en esa modalidad y la reducción de los intervalos mínimos entre los contratos de duración determinada sucesivos que vuelven a ser de 10 y 20 días.En la realidad ya se advierte que no se trata de crear nuevos empleos sino de mantener el existente para lo cual se va por la modificación de conquistas históricas de los trabajadores italianos como lo son la elevación del umbral para la aplicación del art. 18 del Estatuto de los Trabajadores en empresas con más de 35 empleados no aplicar el art.18 a los trabajadores de nuevo ingreso, menores de 30 años nuevos contratos precarios de duración determinada y temporarios sin estabilidad. La región de la denominada “Locomotora del Nordest” está detenida: cierre de una multinacional americana en Bolzano (San Edison producía cristales) cierre de una multinacional sueca en el Friuli (Electrolux) suicidio de pequeños emprendedores en el Véneto que comienzan a lesionar el tejido social y las formas de ayuda entre esos emprendedores y décadas atrás mantuvo a Italia en el crecimiento permanente. También en el nordoeste donde la FIAT amenaza con pasar sus plantas de producción al este Europeo con un costo siete veces menor!...el tejido de pymes que alimentan esa gran automotriz también está muy afectado.El problema del trabajo se ha tornado angustiante sobre todo para los jóvenes que  produce un gran movimiento migratorio y también para adultos grandes. Europa y particularmente Italia sufren la crisis y no se ve capacidad de entendimiento para levantarse   Los datos de aumento de la pobreza en España son espeluznantes, y afectan especialmente a la infancia y a los jóvenes. Por primera vez son los pensionistas los que sustentan a muchas familias y por primera vez el poder adquisitivo de los jubilados es mayor que el de los jóvenes. De hecho, los más ricos han aumentado sus fortunas mientras la clase media ha ido mermando su capacidad adquisitiva progresivamente.El informe anual de Intermón Oxfam, con el nombre de “Gobernar para las élites. Secuestro democrático y desigualdad económica” viene a confirmar esta tendencia, acentuada en el último año.La organización denuncia la desigualdad creciente entre ricos y pobres y el efecto pernicioso de que “no se haya hecho recaer el esfuerzo económico para encarar la crisis en quienes tienen más recursos”. Acusa además a la justicia de no actuar ante “los responsables de la debacle financiera que han sido tratados con impunidad”, así como la tibieza ante los casos de corrupción por parte de los gobiernos.Los indignados españoles impulsan una “gran movilización” sobre Madrid, con debate, asambleas y propuestas. Se manifestarán también en Bruselas. Denuncian que el número de indignados crece exponencialmente a causa de las medidas del Gobierno y que sufren el endurecimiento de las leyes europeas de extranjería, que abren las fronteras a empresas y capitales pero las cierran a las personas, manifiestan.En Alemania tan solo el 10% de sus habitantes acaparan el 67% de la riqueza del país. La doctrina ‘liberal’ de menos impuestos y más privatizaciones beneficia sólo a los más ricos ya no es una proclama trasnochada de la izquierda. Combatir la crisis con recortes sociales que afectan a las clases medias y bajas provoca que los ricos sean más ricos y los pobres más pobres, lo que es una evidencia académica que consta en todos los informes internacionales.Según la ONU, Unicef, fundaciones privadas, organizaciones no gubernamentales e informes oficiales de la Unión Europea, en el mundo los ricos cada vez son menos pero tienen más, cada vez hay más pobres y la diferencia entre unos y otros, lo que se llama “brecha social”, cada vez es mayor. Cuanto más pobre es un país mayor es la brecha social, y a mayor impacto de la crisis los pobres son más pobres y aumentan, porque muchas personas de clase media acaban en la pobreza. El número de ricos se mantiene y aumenta su riqueza. Las consignas que gritan los ciudadanos en las movilizaciones como, por ejemplo, que las crisis las pagan los de siempre, es muy real.En el último informe del Ministerio de Trabajo Germano se constata que el número de pobres en Alemania ha aumentado, es casi del 20% de la población (19,6%). Había en 2010 cuatro millones de personas que cobraban menos de siete euros a la hora. En los últimos años en el país que supuestamente va bien, han bajado los salarios y ha aumentado el número de pobres.Según el fundador y presidente del Foro Económico Mundial, Klaus Schwab en la apertura de la reunión afirmó que…“El mayor desafío es la incapacidad del sistema de gobernanza mundial para dedicarle el tiempo y la atención necesaria a construir nuestro futuro”. Continuó expresando que hay quienes sugieren que el reciente crecimiento experimentado por países de América Latina puede indicar una vía para abordar la cuestión en otros lugares. Y… “hasta la década de 1980, hubo mayor inversión en la educación pública, un esfuerzo consciente del Estado para fortalecer las redes de seguridad social y un nivel creciente de vida para los trabajadores”. Más países, en particular en América Latina, están tomando medidas fiscales que rescatan estas políticas, al menos según ciertos indicadores, aseguró. “Y ahora, comenzaron efectivamente a revertir la desigualdad”.Un grupo de 17 expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en derechos humanos señaló en mayo que la desigualdad muchas veces desata problemas sociales que perjudican aún más a grupos ya rezagados y marginados, socavando severamente muchos avances logrados con gran esfuerzo para cumplir los Objetivos de Desarrollo para el Milenio (ODM).Un Grupo de Trabajo Abierto , integrado por países miembros de la ONU, comenzará a discutir en mayo de 2014 cuáles serán los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible, que sucederán a los actuales ODM cuando venza el plazo para su cumplimiento, en 2015.Los expertos señalan que, si se define como eje la lucha contra la desigualdad, cada nueva meta deberá abordar las injusticias sistémicas que la causan, desde la discriminación institucional contra minorías hasta los desequilibrios en las inversiones sociales.Además, la protección social es “una parte indispensable de las políticas para acabar con las desigualdades y para asegurar que la agenda post-2015 no deje fuera a ningún grupo, ni comunidad ni región”, agregó el grupo de expertos.Ochenta por ciento de las familias del mundo carecen de protección social, a pesar de la evidencia de que contribuye significativamente a reducir la pobreza, a la cohesión social y al respeto de los derechos humanos, además de servir de resguardo ante impactos como la carestía de alimentos, dijeron los expertos.En opinión de este grupo, la agenda post-2015 debe incluir la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de fijar niveles mínimos de protección social, ayudando a crear mecanismos de financiamiento para los países en desarrollo.Las 200 personas más ricas del mundo tienen aproximadamente 2,7 trillones de dólares, y eso es mucho más que lo que tienen 3.500 millones de personas, que tienen un total de 2,2 trillones de dólares, como surge del estudio efectuado por el Prof.Jason Hickel de la ONG “The Rules”. Destaca que su movimiento quiere hacer algo más que ilustrar "el brutal índice de la desigualdad" y demostrar que la situación empeora día a día. Citando un estudio reciente de la ONG Oxfam, el economista recalca que el 1% de los más ricos aumentó sus ingresos en un 60% en los últimos 20 años, con la crisis financiera acelerando este proceso en vez de frenarlo. En el video “La Desigualdad de la Riqueza Mundial”  Hickel expone cómo crece esta desigualdad con el paso del tiempo en diferentes países. Así, durante el período colonial, la brecha entre los países ricos y los pobres aumentó de 3:1 a 35:1. Desde entonces, la brecha ha crecido hasta un nivel de 80:1.De acuerdo al economista, el crecimiento de la brecha se debe en parte a las políticas económicas neoliberales que instituciones internacionales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC) han impuesto a los países en desarrollo durante las últimas décadas. "Estas políticas están diseñadas para liberalizar los mercados a la fuerza, abriéndolos a fin de dar a las multinacionales un acceso sin precedentes a tierra barata, recursos y mano de obra. Pero a un precio muy alto: que los países pobres pierdan alrededor de 500.000 millones de dólares por año de su PIB", con datos del economista Robert Pollin, de la Universidad de Massachusetts.Se trata de un obvio flujo neto de riqueza desde los lugares pobres a las zonas ricas…"Los gobiernos de los países ricos celebran constantemente cuánto gastan en ayudas para los países en desarrollo y las empresas multinacionales comprueban esto mediante los informes anuales, pero ninguno confiesa lo mucho que sacan de los países en desarrollo", concluyó J.Hickel.En una sociedad muy informada y más cualificada que la de generaciones anteriores, el aumento de la brecha social entre ricos y pobres se percibe como lo que es,  una gran injusticia. Los datos que manejan los diferentes Gobiernos apuntan claramente a que está en riesgo la cohesión social porque se ha recortado en todo lo social (sanidad por la que ahora hay que pagar, educación más cara, sin cobertura a dependientes) mientras bajan los sueldos de los trabajadores y se les suben los impuestos. La pregunta es…  ¿cuánto tiempo se puede aguantar esta situación sin que se produzca un estallido social violento?Un amigo de los banqueros Lawrence Summers durante la conferencia anual del Fondo Monetario Internacional - el 9.11.2013 - dejó inquietantes preguntas:¿Y si ya no se pudiera reformar el capitalismo?¿Y si hubiera caído el mismo en un estancamiento secular? Sustentado en cuatro indicios pesimistas …•    la baja de la tasa de interés natural •    el retroceso de la productividad del trabajo •    la contracción de la demanda interior y •    la regresión de la inversión productiva.Paradójicamente, en éste panorama los activos de las compañías estadounidenses se multiplicaron largamente: mientras que en la década de 1970 los “inmateriales” representaban el 5% de sus activos, en 2010 pasaron del  60% .Coincido con la afirmación de K. Vergopoulos ...El neoliberalismo, que pretendía sacar al capitalismo de su crisis, lo hundió mas…y no nos encontramos en una nueva norma sino en un impasse…” 3. Impacto de la crisis en el Derecho del Trabajo.A) Libertad Sindical y Negociación Colectiva.La libertad sindical es principio esencial del Derecho del Trabajo, en su expresión colectiva . Es originariamente un derecho de cada trabajador pero al formarse el sindicato adquieren una existencia y realidad propias . El derecho sindical es un  derecho complejo individual y colectivo, derecho de acción y de organización .Bien puede decirse que hay una universalidad de las ideas en esta materia, que fue receptada por la OIT al aprobar el Convenio 87 (1948), que como sostuviera Paul Durand  merece una interpretación amplísima, incluso considerando al preámbulo de la Constitución de la OIT como parte del texto legislativo.No puedo omitir la célebre definición de nuestro Maestro Argentino Justo López …“Conjunto de poderes individuales y colectivos que aseguran la independencia de sus respectivos titulares en orden a la fundación, organización, administración y gobierno y  actividad externa  de las asociaciones profesionales de trabajadores”.La relación entre libertades públicas y derechos sindicales fue reconocida por la Declaración de Filadelfia Conf. Inter. 1944 e incorporada a la Constitución de la OIT (1946).Para llegar a éstos logros los trabajadores del mundo protagonizaron verdaderas epopeyas en busca de su dignificación y fueron sus sindicatos los que determinaron el nacimiento de la OIT.Y con ello advino el derecho internacional del trabajo como un nuevo tipo de derecho, no un estatuto entre Estados sino como sistema normativo tuitivo de los trabajadores que se internalizó, para aplicarlo a las relaciones laborales, privadas y públicas.Felizmente hoy parece superada en nuestro país la etapa en que la libertad sindical estaba condicionada por la represión política, pero ello todavía no está consolidado en América Latina.La Libertad Sindical es inmanente a los derechos civiles y políticos reconocidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, esenciales para el ejercicio normal de los derechos sindicales:a) derecho a la libertad de las personas protección contra la detención y prisión arbitrarias. b) libertad de opinión y de expresión.c) derecho de reunión. Libertad de movimiento y circulación.d) derecho a proceso regular por tribunales independientes e imparciales.e) derecho a protección de la propiedad de los organismos sindicales.La experiencia acumulada indica que la crisis económica repercute inmediatamente en el nivel de los salarios y conculca éstos derechos conseguidos trabajosamente ejerciendo la autonomía sectorial a través de la negociación colectiva.Argentina es un buen y reciente ejemplo de esto. La devaluación del orden del 27% de febrero de 2014 produjo una caída del 10% del salario, cuya recuperación había costado una década generando amplios movimientos de protesta, cuyo icono es la huelga docente en más de 10 distritos federales, en los que a mediados de marzo no han iniciado el ciclo lectivo. Lo dicho no implica desconocer los importantes avances logrados desde el año 2003, con políticas públicas de reconocimiento y promoción de la negociación colectiva y sus principales actores, como lo son los sindicatos, al punto que anualmente la cantidad de convenios colectivos ha superado largamente en promedio el millar, sobre todo en convenios de actividad.El respeto al derecho de huelga y la negociación colectiva generalizada y permanente son defensas esenciales ante la crisis económica, que opera como valla de protección al sector más vulnerable de las relaciones laborales, considerando la situación de cada sector. El bajo nivel de afiliación sindical y la limitación de la negociación colectiva a sectores minoritarios que se evidencia en varios países de América Latina y Central conspiran contra la posibilidad de defensa de los trabajadores, siendo en éste aspecto dos ejemplos claros Chile y Colombia.Ya en un plano que avanza sobre los derechos humanos y las libertades políticas, ante las luchas sociales se produce la persecución y represión de los activistas sindicales como de sus letrados.Argentina fue un caso extremo en el periodo de la última dictadura militar entre 1976/1983. Hoy se producen casos graves en México y Colombia. Llegado a éste punto, el derecho de huelga se ve cercenado o muy seriamente limitado.Patentiza lo que venimos afirmando la determinación adoptada por el Tribunal Sindical Mundial, constituido ad hoc y en pleno territorio Colombiano para cerciorarse de las reiteradas denuncias recibidas como violatorias de la libertad sindical, cuya detenida lectura recomiendo y se puede solicitar a la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas y a la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo que integro. Dictó sentencia en el expediente caratulado "Sindicatos de Colombia c/ República de Colombia s/ Violación del principio de libertad sindical" (Bogotá 25.5.2012 - Causa No. 001/ 2012.) y estuvo integrado por notorios juslaboralistas del continente Es un tribunal ético y su existencia se explica por el fracaso de las estructuras políticas formales, en dar una respuesta adecuada a las agresiones que sufre la libertad sindical en el citado país.El Tribunal expresa que…“Cuando los sistemas judiciales convencionales se muestran impotentes para suprimir esos comportamientos, por ser incompetentes, tolerantes o, peor aún, cómplices, entonces las víctimas y los pueblos tienen el derecho de reapropiarse democráticamente de la justicia, generando un espacio para la denuncia, la condena y la difusión de los hechos de violación de la libertad sindical, identificando a sus responsables”.El Tribunal no sustituye a los tribunales formales, sino que coadyuva a que  las normas nacionales e internacionales se reconozcan y apliquen.Resolvió la controversia planteada basándose en la Constitución Política de la República de Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) y los Convenios de la OIT 87 (1948) sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación, 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949), 151 sobre las relaciones de trabajo en la administración pública (1978) y 154 sobre el fomento de la negociación colectiva (1981) a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (art.23) a la Declaración Universal de Derechos Humanos  arts. 20 y 23.4), a los Pactos de  Derechos Civiles y Políticos (art. 22.1) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 8.1), el Protocolo de San Salvador (art. 8) y demás Tratados que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en materia sindical.También tuvo en cuenta los dictámenes y resoluciones de la Comisión de Expertos en Interpretación y Aplicación de Normas y el Comité de Libertad Sindical de la OIT. Aplicó la doctrina de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en particular en los casos "BAENA, Ricardo y otros c/ Panamá" (02/02/2001) y "Huilca Tecse c/ Perú" (03/03/2005).Para ubicarse en la situación abordada por el Tribunal cabe decir que el Código Sustantivo de Trabajo prohíbe la huelga en una amplia gama de actividades económicas que no son servicios esenciales.En 1970 había una sindicalización del 14% de la población económicamente activa, y en la actualidad es menor del 4%, y sólo el 2% de los trabajadores está amparado por la negociación colectiva, frente a diecinueve millones de trabajadores y un millón de empresas.Las federaciones y confederaciones tienen prohibido declarar la huelga.Se niega la negociación colectiva de los trabajadores del sector público.Afirma el Tribunal en los considerandos de la resolución que una administración de justicia deficiente, sirve para incrementar aún más el clima de impunidad e inseguridad existentes que constata en esa región.El Tribunal comprobó que en el Estado y sectores empresariales colombianos existe una especie de cultura antisindical, que corre en paralelo con la violencia como forma de resolver los conflictos, conspirando severamente la sindicalización y formación de nuevos sindicatos.Estableció que la violencia contra la fuerza de trabajo logró des/laboralizar la contratación individual, disfrazada como contratación civil, y sustituir al trabajador formal por trabajo subcontratado o tercerizado. Paralelamente, este proceso ha sido acompañado por una fuerte ofensiva contra el derecho a la negociación colectiva, desnaturalizándose e incumpliéndose los convenios colectivos de trabajo vigentes, cuyas cláusulas son sistemáticamente violadas, tanto por el Estado como por los empleadores privados.El Tribunal consideró que la mayoría de los trabajadores colombianos se encuentran en una situación laboral, que califica como la prehistoria del Derecho del Trabajo, situación a la que se llega merced a los hechos reiteradamente mencionados y denunciados en la causa.Destaca que la Corte Constitucional de Colombia en el caso P 750/2011, expresamente declaró "la actividad sindical en el país es de alto riesgo".Concluye con meridiana claridad…”La debilidad del movimiento obrero que advierte no es una casualidad, ni un hecho inevitable de la naturaleza. El Tribunal tiene por demostrado que hay un plan para que en Colombia exista una mano de obra dócil y barata. Y para ello es necesario que el sindicalismo no sea un obstáculo. El procedimiento seguido para alcanzar este objetivo ha quedado a la vista: la represión de la actividad sindical, la violencia extrema y la impunidad, dignas de los albores del siglo XIX y no de una sociedad democrática y moderna”.B) Degradación de la estabilidad. Tercerización y Sub-contratación.La estabilidad laboral es la madre de todos los derechos laborales, porque un trabajador sin estabilidad tiene escasas posibilidades de defenderlos (TSM caso “Sindicatos c/ Colombia”).La protección de la estabilidad laboral en Argentina ha tenido un derrotero interesante, tanto del trabajador sin representación sindical, al agravar los parámetros de reparación por su violación, como también la tutela del activismo sindical en la Empresa, priorizando el derecho al trabajo sobre el derecho de la empresa. Su tratamiento excede los marcos de éste trabajo pero lo he abordado, con detalle de la doctrina de la Corte de Justicia de la Nación y de los Tribunales Nacionales, en una monografía específica .Y no es menor el tema sub-examine ya que se encuentra en tela de juicio el derecho al trabajo. Derecho claramente consagrado en el Artículo 6.1 del Pacto Internacional de D.E.S. y C. (ONU 16.12.1966), ratificado por Ley  23.313:… “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho”.El derecho al trabajo es un derecho fundamental, reconocido en diversos instrumentos de derecho internacional. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a través de su artículo 6, trata este derecho más extensamente que cualquier otro instrumento que resulta esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la supervivencia del individuo y de su familia y contribuye también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en el seno de la comunidad tal como lo establece Observación general Nº 18 aprobada el 24-11-2005 sobre el Artículo 6 del PIDESyC en línea con el preámbulo del Convenio Nº 168 de la OIT, de 1988: "... la importancia del trabajo y del empleo productivo en toda la sociedad, en razón no sólo de los recursos que crean para la comunidad, sino también de los ingresos que proporcionan a los trabajadores, del papel social que les confieren y del sentimiento de satisfacción personal que les infunden".El CONVENIO de la OIT 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 forma parte de la batería de protección de éste derecho, en su art.1 establece: “…A los efectos de este Convenio, el término discriminación comprende: a) cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación b) cualquier otra distinción, exclusión o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación”…El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Consejo Económico y Social de la ONU en su 47º periodo de Sesiones celebrado entre el 14 de noviembre al 2 de diciembre de 2011, emitió un documento con el examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los arts. 16 y 17 del PIDESyC.Respecto de Argentina el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales realizó observaciones finales señalando su satisfacción por la presentación del tercer informe del Estado, celebrando que se haya ratificado el Protocolo Facultativo del PIDESyC el 24.10.2011 y que se hayan dado las respuestas completas por escrito a las lista de cuestiones presentadas aunque tardíamente, no obstante su demora.Para citar este artículo: Luis Raffaghelli (2014), Crisis del capitalismo y Derecho del Trabajo (I) Equipo Federal del Trabajo, Año X Revista 112, págs. URL de la Revista: https://www./eft.org.arURL del Artículo: https://www.eft.org.ar/pdf/eft 2014

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