
Felicitamos a nuestros amigos y agradecemos a nuestro maestro, don Héctor-Hugo Barbagelata, por haber construido este importante mojón de la historia latinoamericana.
65 años dela Revista Derecho Laboral, Montevideo
Aula Pablo de María (25/07/2013)
Celebración del 65º Aniversario de la Revista de Derecho Laboral
Palabras del Profesor Emérito Dr. Héctor-Hugo Barbagelata, nuestro maestro y amigo
Estimados amigos
Mis primeras palabras serán para expresar admiración y un muy agradecido recuerdo al Profesor Francisco De Ferrari, quien con notable visión de futuro lanzó e hizo fructificar tempranamente la idea de una revista especializada en la materia, entendiendo, como luego resultó probado, que ya era tiempo para que en nuestro país se promoviera el interés por la temática jurídico-laboral, proveyendo a todos los interesados de informaciones, comentarios y reflexiones, y simultáneamente, a los que tuvieran algo que decir, del medio adecuado para expresar sus puntos de vista.
Todo empezó hace 65 años, cuando el Derecho del Trabajo no era aun aceptado como un saber independiente, ni era indiscutida su integración a los planes de estudio y, si figuraba en ellos, la asignatura era todavía individualizada, en muchos países como Legislación industrial o simplemente, como entre nosotros: “Legislación del Trabajo y Previsión Social”.
De Ferrari nos comunicó la idea a la salida de una de las últimas clases del año lectivo 1947, mientras que los por entonces aspirantes – yo acababa de reintegrarme- lo acompañábamos a entregar la libreta del Curso en la Bedelía, como era lo habitual por entonces. Sus palabras, al término de la conversación que manteníamos, fueron sencillas y directas, más o menos éstas: “Creo que ha llegado el momento de que encaremos la publicación de una revista. Ya hay suficiente legislación, incluso ha comenzado a haber jurisprudencia sobre diversos puntos. Lo que falta, es desarrollar la nueva doctrina”.
Tanto Plá como yo nos apresuramos a responder que nos parecía una magnífica idea, y que nos poníamos a su disposición para colaborar en el emprendimiento, aunque no teníamos claro, por lo menos yo no tenía nada claro, como iba a funcionar lo que a primera vista se presentaba tan atractivo como complicado de llevar a la práctica. En ese momento solo pensábamos en las dificultades de la puesta en marcha del proyecto, ya que todavía no entraba, ni podía entrar en nuestras preocupaciones, la aspiración de “durar” y esto de estar durando 65 años, y disposición para seguir, no era en absoluto concebible.
En sucesivos encuentros, las cosas se fueron definiendo rápidamente, al punto que el primer número pudo salir en abril de 1948 (adviértase que en ese momento y por un largo período, Derecho Laboral aparecía mensualmente).
No hubo, ni entonces ni después, preocupación por formalizar la iniciativa.
En cuanto al nombre, De Ferrari no tenía dudas que debía ser Derecho Laboral, dado que el sinónimo Derecho del Trabajo ya estaba en uso en la región, pues así se llamaba la revista que había creado en Buenos Aires un par de años antes, Mario Deveali. La expresión
Derecho Laboral recién empezaba a ser usada y todavía no había sido incorporada al vocabulario jurídico corriente, pero ya era empleaba en las clases por De Ferrari, supongo que le gustaba la terminación, que la hacía sonar de la misma forma que asignaturas que contaban con pleno reconocimiento académico, como Procesal, Penal, Constitucional o Internacional.
A ese respecto, vale contar una anécdota que muestra hasta que punto ese término era poco conocido. Fue al comienzo del curso al que asistí como estudiante en 1945; en él, cuando De Ferrari aludía a los fines y objetivos del Derecho Laboral, -con voz no fácilmente audible por la mala acústica de los grandes salones y sin micrófono- muchos creímos entender que se refería a las relaciones del derecho y la moral en los problemas de trabajo y así figuró en los primeros apuntes de algunos.
Con amplia generosidad, De Ferrari nos invitó a compartir una dirección colegiada de la nueva revista, pero nos pareció desproporcionado, y de allí surgió lo de Redactores Permanentes con que nos individualizamos, hasta que, al producirse la desaparición del fundador, asumimos conjuntamente la dirección. Eso fue recién a fines de 1972 y el siguiente cambio fue en 2006 con la incorporación de Oscar Ermida Uriarte, cuyas brillantes condiciones intelectuales, así como su compromiso con los principios laboralistas y su prestigio internacional, parecían asegurar continuidad, al mismo tiempo que renovación. Pero lamentablemente eso se frustró prematuramente. En la actualidad, la Dirección es asistida por un Comité de Redacción integrado por los profesores Hugo Barretto, Hugo Fernández y Rosina Rossi, cuenta con el respaldo de un Consejo Asesor, que incluye a los profesores Mantero, Rosenbaum, y Raso y las diferentes secciones están a cargo de los profesores Castello, Giuzio, Rodríguez-Azcúe, Panizza y Nicoliello.
Esta remodelación fue necesaria porque en 2008 habíamos sufrido la pérdida de Américo Plá Rodríguez, quien había sido algo así como la locomotora de la revista, no solo por la frecuencia y peso intelectual de sus artículos y notas- de cita obligada en los trabajos científicos, tanto como en los alegatos y sentencias- sino también por su indeclinable empuje y su absoluta confianza en la continuidad del empeño. Incluso puede decirse que si se ha llegado a durar tanto, ha sido principalmente por la acción de Américo Plá Rodríguez.
Pero volvamos a 1948 y tratemos de visualizar la situación del Derecho del Trabajo y de la doctrina especializada por aquellos tiempos, tanto en nuestro país, como en el resto del mundo.
A esos efectos, es oportuno recordar, que el siglo XX se había iniciado con la revolucionaria monografía de Philipp Lotmar sobre los “contratos de tarifa”, la cual supo poner de relieve la más original fuente de la disciplina, abriendo el camino a la nueva doctrina. También en ese mismo año, un joven civilista italiano Lodovico Barassi, publicaba un volumen sobre el contrato de trabajo en el cual se reafirmaba la idea de igualdad contractual de las partes de la relación laboral, con todas sus consecuencias y consiguientemente, se negaba la posibilidad de un derecho que se apartara de los fundamentos tradicionales y fuera protector. Esta llamativa coincidencia, junto con el hecho de que, ampliando su visión de las cosas, ese mismo civilista se convirtiera en 1917 (con la nueva edición de su libro) en la cabeza visible de la doctrina laboralista italiana, son ejemplos de las múltiples paradojas del Derecho del Trabajo, las cuales han motivado recientemente un libro de múltiple autoría coordinado por el Decano Honorario de la Corte de Casación francesa Philippe Waquet.
Cabe agregar que mientras que desde 1919 se había aceptado expresamente por la conciencia jurídica universal que el trabajo no es una mercancía, el prestigioso civilista francés Marcel Planiol seguía incluyendo en su famoso Tratado Elemental, una nota al pie de su argumentación contra el uso de la expresión contrato de trabajo, sosteniendo que solamente se trataba de un arrendamiento, en el cual: “La cosa arrendaba era la fuerza de trabajo, que reside en cada persona y puede ser utilizada por otro como la de una máquina o un caballo”. Expresión que fue contestada, sin citarlo, por Sinzheimer al poner en evidencia la distancia filosófica entre uno y otro derecho: “El derecho civil –señaló- no establece diferencia entre haber alquilado un caballo o una persona”.
A pesar de las resistencias que siempre se interpusieron en su marcha, el Derecho del Trabajo continuó su avance y progresivamente fue completando su propia doctrina, para lo que ha desarrollado una formidable bibliografía, hoy prácticamente inabarcable, en libros, revistas e incluso por Internet.
En nuestro país, hasta que apareció Derecho Laboral, la doctrina sobre la materia era casi inexistente. Pero todo empezó a cambiar rápidamente desde entonces y con el correr de los años la revista Derecho Laboral no sólo fue fundamental por el material que contenía, sino que conjuntamente con la cátedra, estimuló los estudios de Derecho del Trabajo, promoviendo la publicación de monografías y libros. Por otra parte, son numerosos los laboralistas uruguayos que son leídos y citados en publicaciones de varios países, como ha sido destacado en los mensajes que hemos recibido por este Aniversario.
En cuanto a colaboradores externos nacionales e internacionales, la revista Derecho Laboral siempre los tuvo del más alto nivel, desde su primer número en que se contó con un muy importante artículo sobre cuestiones de Derecho Procesal del Trabajo, por Eduardo J. Couture. (Creo que corresponde destacar el gesto de Couture -que ya gozaba de un amplio prestigio en toda América- pero prestó generosamente su nombre, entregando un texto importante para apoyar el nuevo emprendimiento, siendo que él tenía su propia y acreditada revista jurídica, la de Derecho, Jurisprudencia y Administración). Hay que señalar que el aporte de Couture a Derecho Laboral se prolongó por todo el tiempo que pudo. Aparte de eso, Couture nos facilitó y autorizó a publicar, la versión taquigráfica de la resonante polémica pública sobre los Consejos de Salarios (específicamente sobre la naturaleza y retroactividad de los laudos), evento organizado por el Colegio de Abogados, del que era Presidente, y que dado el interés que el tema despertaba, fue trasmitido íntegramente en directo por Radio Carve.
Sería extremadamente fatigoso mencionar a todos los juslaboralistas extranjeros que a lo largo de estos 65 años respondieron a nuestra invitación o fueron colaboradores espontáneos. Basta señalar que, desde su aparición, Derecho Laboral contó entre sus autores a los especialistas más prestigiosos, de cada momento, como (por orden alfabético): Alonso García, Alonso Olea, Baylos, Biagi, Blanpain, Cabanellas, Caldera, Catharino, Däubler, de la Cueva, Deveali, Ghezzi, Giugni, Grandi, Ivanov. Javillier, Krotoschin, Liso, Mazzoni, Ojeda, Pergolesi, Russomano, Schregle, Servais, Spirópoulos, Tissenbaum, Treu, Veneziani, Verge, Xavier, etc.
Es importante agregar que siempre se contó y se sigue contando, junto con los más representativos autores internacionales, con latinoamericanos que han hecho significativas contribuciones a nuestra disciplina, como Ackerman, Alburquerque, Bronstein, Capón Filas, Córdova, De Buen, Godínez, Goldín, Hernández- Alvarez, Hoyos, Livellara, Murgas-Torrazza, Pasco-Cosmópolis, Reynoso-Castillo, Sanguineti-Raymond, Tapia, Ugarte, etc.
Y naturalmente, la revista recoge la contribución de los laboralistas uruguayos que han encontrado en Derecho Laboral el instrumento que les ha permitido ir conformando lo que los colegas iberoamericanos han catalogado como Escuela Uruguaya de Derecho del Trabajo.
El hecho es que Derecho Laboral, no solamente ha superado la tradicional duración que en nuestro país han tenido, con poquísimas excepciones, las revistas de todo tipo, sino que ha llegado, con los motores encendidos, a 250 números, que cubren aproximadamente 50.000 páginas impresas.
Derecho Laboral alcanzó estos resultados no solamente en estos últimos tiempos, cuando se dispone de las modernas tecnologías, sino en los largos años en que el equipo de la revista tenía que ocuparse de todo: redacción, impresión, distribución, canje, venta, etc. y no contaba, como ahora, con el invalorable respaldo editorial de la FCU.
Aquellas primeras, eran épocas en que los directores y redactores permanentes , además de seleccionar artículos de doctrina, sentencias e informaciones y producir parte del material, tenían que llevar los originales a la imprenta y luego ir y venir de allí, para corregir un par de veces las primera y ulteriores pruebas que nos entregaba el linotipista en aquellas hojas alargadas de papel de diario que se llamaban galeras, así como finalmente, también había que revisar cuidadosamente las pruebas de página.
En este largo recorrido, Derecho Laboral atravesó íntegramente el período de la dictadura.
¿Qué pasó en todo ese tiempo?
No fuimos víctimas de ningún ataque arbitrario, pero tampoco hicimos ninguna concesión.
El hecho es que entre el tomo XVI (1973) y el XXVII (1984) permanecieron en sus puestos los directores, y también siguieron integrando la plantilla de redactores y publicando regularmente artículos y notas, sin solución de continuidad, autores notoriamente opuestos a la dictadura.
Hay que mencionar que en 1973, después de la instalación del gobierno de facto, se publicó íntegramente la DUDH con notas que destacaban el respeto que debían los gobiernos a las normas internacionales que garantizaban los derechos humanos. Además y concretamente sobre uno de los productos más notoriamente represivos del nuevo régimen, Plá Rodríguez puso en evidencia, sin estridencias, pero con su habitual rigor, la absoluta contradicción del Decreto de 4 de julio de 1973 sobre el despido por huelga, con las normas constitucionales e internacionales, al tiempo que Osvaldo Mantero, señalaba los efectos jurídicos del derecho de huelga sobre el contrato de trabajo y Martha Abella se explayaba sobre el derecho de huelga de los empleados públicos. Asimismo, el inolvidable Helios Sarthou se ocupaba de mostrar la inconstitucionalidad y otros vicios del Decreto 622/73, sobre reglamentación de los sindicatos; Carlos Pittamiglio anotaba con firmeza el texto sobre la disolución de las entidades sindicales; Caggiani, desarrollaba el tema de la ocupación de los lugares de trabajo, y Manuel Ibáñez destacaba el carácter de derecho humano fundamental de la libertad sindical.
¿Qué explicación puede tener, el hecho de que nuestra revista ni entonces, ni después, haya sido censurada, suspendida o hasta clausurada?
Desde luego, parece claro que los mecanismos de control de la dictadura no estaban interesados en publicaciones de bajo tiraje, dirigidas a un público restringido. Según me contaron los colegas, lo mismo ocurrió en Brasil, donde libros con títulos francamente antidictatoriales se exhibían en las vidrieras de las librerías Puede que sea así, o quizá simplemente beneficiamos de la circunstancia, en otros momentos nada grata, de ser ignorados.
En suma, la revista no se calló y fue haciendo lo posible, que lógicamente no podía ser y no fue mucho. Pero no se nos formuló, ni aceptamos ninguna limitación, más allá de las que recomendaba la prudencia ante un régimen que no ofrecía ninguna garantía.
Para finalizar, permítanme que cuente una anécdota que está directamente relacionada con la cuestión a que me estaba refiriendo y que, en alguna forma, refleja el perfil de una larga parte de los tiempos que nos tocó vivir.
Lo que sigue, ya lo conté hace cinco años, en ocasión del Sexagésimo Aniversario, pero es posible que en el público haya muchos que no estuvieron presentes en ese acto. Además, como es breve, los que ya lo conocen, sabrán disculparme.
Se trata de algo que sucedió en 1975, en plena dictadura, cuando Plá pensó que en aquellas circunstancias era deseable y posible alcanzar una comunicación mayor con los lectores de la revista, convocándolos a una Jornada en que hubiera oportunidad de verse las caras y en la que todos pudieran expresar sus posiciones.
Apoyé con entusiasmo la idea porque me parecía, que se podía encontrar la manera de que el acto sonara de alguna forma a resistencia, o más modestamente a protesta. Y perdonen la pretensión, pero en aquella época, todos, para sentirnos un poco mejor con nosotros mismos, tratábamos de identificarnos en alguna forma como resistentes, así por ejemplo, nos juntábamos en lugares que se consideraba que poseían una significación de esa clase, como el Teatro Circular o Cinemateca en el local de AEBU (Quien lo vivió, lo sabe).
Pues bien, algo conseguimos cuando casi todos los invitados que tenían cargos públicos se animaron a participar en las diferentes mesas redondas, mientras que unos pocos temiendo que el acto se pudiera interpretar o se transformase, en un acto antidictatorial, desertaron, y no los culpo, porque el riesgo de quedar en la calle, o algo peor, era real.
La Jornada quedó fijada para el 12 de abril de 1975 en el auditorio del Centro Automovilista, que no era muy conocido, pero fue el que pudimos conseguir. El tema escogido era: “La aplicación del nuevo procedimiento laboral”, que no se prestaba demasiado para identificarnos como resistentes, pero era el tema del momento.
Quedaban las palabras de clausura. Para ellas había un programa natural, que consistía en congratularse por el éxito de la Jornada, agradecer a quienes nos habían prestado el local, a los integrantes de las mesas redondas, a los expositores y demás participantes, así como al Instituto Latinoamericano de DTSS, que nos había dado el patrocinio.
Por mi parte, pedí pronunciar esas palabras de clausura con la esperanza de poder ingeniarme para completar la Jornada con algo que sonara, aunque fuera módicamente, a resistencia. Con ese propósito dije al finalizar mi intervención, que había pensado compartir parte del discurso que había pronunciado Couture en el Congreso Americano de Abogados de Montevideo, que era un retrato del Uruguay perdido, pero que no lo podía hacer, porque en el Uruguay de 1975, las cosas que decía Couture en su discurso de 1951, podían provocar represión.
Por eso, agregué, que tenía que limitarme a pedir a los presentes que lo releyeran y que se lo hicieran leer a sus hijos. Lo cual, fue correspondido por un vocerío de Muy bien, que venía de todas partes de una sala repleta que se comenzaba a poner de pie. En ese clima, me animé a anunciar que por lo menos, me referiría a las últimas palabras del discurso de Couture, donde evocaba el mito de Pandora, a la que los dioses habían ido adornando con todos los dones, hasta que, por designio de Zeus, se convirtió en una criatura maléfica. Pero, como recordaba Couture en su discurso: en el fondo de la Caja de Pandora, luego de dispersados los males, quedaba todavía la esperanza. En ese momento tuve la convicción de que expresaba el sentir de todos los presentes al afirmar que a nosotros, hombres de Derecho, en el Uruguay de 1975, nos podían quitar todo, pero no nos podían quitar la esperanza.
Se trataba de una mínima expresión de protesta, pero creo que todos nos sentimos un poco mejor, como lo subrayó la ovación con que se cerró el acto, incluso algunos lloraban.
Era la 1ª Jornada organizada por la revista Derecho Laboral que entonces ya tenía más de 25 años y hoy está cumpliendo 65, sin que haya motivo para renegar de ninguna etapa de su trayectoria.
Héctor-Hugo Barbagelata
ISSN 1669- 4031
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