Categorías zombies en el Poder Judicial y T.PI. para la ex Yugoslavia

Categorías zombies en el Poder Judicial y caso ex Yugoslavia

Son categorías vivas-muertas que rondan nuestras cabezas y pueblan nuestra visión de realidadesque no dejan de desaparecer” Nos ciegan para captar la realidad actual

Beck, Ulrich. Libertad o capitalismo.Conversaciones con Johannes Willms, Paidós,Barcelona 2002, pág.14

 

Sentencia del Tribunal Penal para Yugoslavia

La justicia encalla en La Haya

Las decisiones tomadas por el tribunal especial para la antigua Yugoslavia con un perturbador revés para las víctimas

Martín Alonso . Doctor en Ciencias Políticas y miembro de Bakeaz.

Fuente: El País, es16.07.2013

Este mes Croacia se ha convertido en el país número 28 de la UE. A los 22 años de su independencia, a los 18 del genocidio de Srebrenica y de la Operación Tormenta, a los 8 del arresto de Ante Gotovina en Las Canarias. A unos meses de la absolución en apelación de los altos jefes policiales y militares Ante Gotovina y Mladen Markac (Croacia), condenados en primera instancia a 24 y 18 años, y a semanas de la de Momcilo Perisic, Jovica Stanisic y Franko Simatovic (Serbia). La entrega de los criminales al Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (TPIY) era una condición para la admisión en la UE. La decisión del tribunal que ha juzgado los peores crímenes cometidos en Europa desde la Segunda Guerra Mundial afecta a tres planos interrelacionados: el enfrentamiento del pasado criminal por parte de los países protagonistas, la credibilidad de las instancias transnacionales de justicia y el peso de la Realpolitik en las relaciones internacionales.

1. La actitud frente al pasado en los Balcanes oscila entre la apología (héroes y mártires, guerras de liberación) y el negacionismo por desautorización o amalgama (“no fue tan grave como dicen”, “todos cometieron crímenes”). 100.000 personas homenajearon a Milosevic en su funeral en 2006 100.000 a Gotovina en Zagreb el año pasado con las autoridades al frente. Muertos Tudjman y Milosevic, que habían movilizado a sus países tras las banderas de la Gran Serbia y la Gran Croacia –en cuyo nombre se cometieron los crímenes–, los liberados por el TPIY son el símbolo de aquellos programas y aquellos crímenes. Su absolución, así como los parabienes de la UE, equivalen a una convalidación de las prácticas de las elites nacionalistas que han secuestrado la justicia transicional en provecho propio (J. Subotic. Hijacked Justice. Dealing With the Past in the Balkans, 2009).

La UE declaró solemnemente que solo concedería ayudas si “se asegura el retorno de los refugiados” (El País, 29/10/1995). El exviceprimer ministro croata Ivo Sanader –condenado luego por corrupción– declaró al final de la Operación Tormenta: “Los serbios de Croacia ya no necesitan autonomía, se han ido todos”. En junio de 2006 el Parlamento croata aprobó una Declaración de autoabsolución nacional de la Operación Tormenta. Karadzic acaba de mantener mientras se le juzga que “más de la mitad de Srebrenica es fraude”. Pero hay otra Serbia, como la que cada víspera del 11 de julio reclama justicia para Srebrenica, y otra Croacia como la que representa el sentir de la viñeta de Korax en Danas, dos días después de la multitudinaria recepción: Pavelic, Hitler y Tudjman ven en directo el veredicto desde el infierno y levantan los brazos como diciendo: “¿Y nosotros qué?”.

El objetivo del TPIY era promover la justicia y la reconciliación evitando la trampa de la culpa colectiva

2. Precisamente el objetivo del TPIY era promover la justicia y la reconciliación atribuyendo responsabilidades individualizadas para evitar la trampa de la culpa colectiva. Las absoluciones que comento suponen un revés para esta visión y una desautorización de cuantos han trabajado contra el clima de impunidad reinante “entre los nuestros”. La indignación que provocó en Serbia la liberación de Gotovina se ha calmado con la salida de los primeros espadas de Milosevic (que organizaron unidades paramilitares como los Tigres de Arkan, los Escorpiones o los Boinas Rojas).

Ha habido dos reacciones opuestas a estas medidas del tribunal. Para la mayoría, han supuesto un cambio de rumbo fatal por cuando equivale a la exoneración de los regímenes criminales, una victimación renovada para los supervivientes y un paso hacia la impunidad. (En una recepción a los generales, el presidente croata I. Josipovic dejó claro que el veredicto exoneraba por extensión al régimen). Otra línea, minoritaria, sostiene que no hay tal bandazo sino la aplicación de un criterio garantista, porque no se debe confundir la moral con la justicia.

Una carta del juez danés Frederik Harhoff ha generado un aluvión de reacciones. Una frase da pistas favorables a la tesis del cambio de rumbo: “Podría pensarse que el establishment militar de países poderosos (como EE UU e Israel) percibía que la práctica penal se estaba aproximando demasiado a las responsabilidades de los altos mandos militares”. Es significativo que la sentencia absolutoria reconozca la gravedad de los crímenes , pero abandone la doctrina de la responsabilidad de mando de modo que no admite culpabilidad por no haber evidencia directa de intención criminal en los acusados. De este modo, como han señalado varios analistas, el tribunal discrimina entre acusados corrientes –condenables– y acusados potencialmente peligrosos –no condenables–. ¿Peligrosos? En la medida en la extensión del principio de responsabilidad de mando podría establecer un precedente universal incómodo (E. Gordy, NYT, 2/06/2013).

Para un superviviente del gueto de Varsovia, Srebrenica constituía una victoria póstuma de Hitler

3. Podría pensarse que se trata de una hipersusceptibilidad del juez danés. Sin embargo, habíamos oído de Florence Hartmann, Carla del Ponte, Chuck Sudetic o Jelena Subotic impresiones coincidentes. Hay indicios que apuntan a presiones desde el presidente, el norteamericano Theodor Meron, antes ciudadano israelí, a donde llegó huyendo de Hitler desde Polonia. Se ha acusado a Harhoff de indiscreción, pero es sabido que Meron ha informado diligentemente a su embajada sobre los asuntos internos del tribunal. Según un cable de Wikileaks (23/7/2003), habría expresado al embajador su descontento con la fiscal Carla del Ponte y los riesgos que suponía su actitud demasiado decidida, pidiendo que no se renovara su mandato. Hay que recordar, en la dirección de la línea mayoritaria, que los países citados por Harkoff no figuran entre los 122 miembros del Tribunal Penal Internacional, que hubo una implicación indiscutida de militares norteamericanos en la Operación Tormenta –que los allegados de Gotovina en la extremista Honos habían amenazado con revelar– (The Observer, 8/7/2001 Revelaciones de Gotovina RTV Slovenia, 4/8/2005) así como de Stanisic con la CIA (The Economist, 1/06/2013). Para completar las alusiones, el primer ministro israelí B. Netanyahu prometió que ningún israelí sería juzgado por un tribunal internacional (Haaretz, 12/10/2009).

Se creyó que la Guerra Fría era el obstáculo principal para construir una justicia internacional. A los 18 años de Srebrenica y 80 de la llegada de Hitler al poder, tenemos que preguntarnos qué se hizo de la lección sobre el mal. ¿No son las limpiezas étnicas hijas de las mitologías del Lebensraum y su corolario, las vidas desechables? Para Marek Edelman, superviviente del gueto de Varsovia, Srebrenica constituía una victoria póstuma de Hitler. Según Sudetic, "si Hitler hubiera sido juzgado por los crímenes del Holocausto según la plantilla del ayudar e inducir aplicada por el TPIY, podría muy bien haber resultado absuelto” (The Economist, 1/06/2013). Si la justicia es el único consuelo para las víctimas, las decisiones aludidas constituyen un perturbador revés.

Opinión

Praetor Peregrinus

Docente en Cornell University, USA, en estudios de campo en A.Latina

Quienes hemos resistimos a la dicta-dura militar y somos objetores de conciencia ante la actual dicta-cracia argentina, hemos construido nuestra presencia en el socio-sistema sosteniendo que todos somos iguales ante la ley.

La sentencia del Juzgado Federal de Tucumán, del 27.12.2012, dejando afuera a la Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas durante el Operativo Independencia y la sentencia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia merecen ser estudiadas seriamente porque parecieran sostener que ese concepto igualitario es una categoría zombi. Si así fuese, la sentencia podría agregarse a una nueva edición de La rebelión en la granja. Tal vez sea utilizada como antecedente cuando se juzgue a la actual dicta-cracia argentina: si así fuese, el fallo no sólo miró para atrás sino también hacia adelante.

Primer antecedente. Sentencia del juez Daniel Bejas (Tucumán) respecto del Operativo Independencia

TEXTO

Tucumán, Juzgado Federal, 27.12.2012

El juez Daniel Bejas procesó a 17 militares y civiles acusados por violaciones a los derechos humanos, durante el Operativo Independencia. Entre ellos, a Jorge Rafael Videla y Mario Benjamín Menéndez. El magistrado no acusó a Isabelita. Una veintena de militares y civiles fueron procesados, acusados de crímenes perpetrados por el Operativo Independencia contra la guerrilla, durante el gobierno de la presidenta María Estela Martínez de Perón (1974-1976), que no resultó procesada. La mayor novedad fue el procesamiento con prisión preventiva, por primera vez, del general retirado Mario Benjamín Menéndez, ex gobernador de las Islas Malvinas durante la ocupación militar del archipiélago en la guerra con Gran Bretaña en 1982. La medida fue adoptada por el juez federal de Tucumán Daniel Bejas, que procesó además al dictador Jorge Rafael Videla, ya con tres condenas a prisión perpetua al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, también sentenciado a la pena máxima, y a otros acusados por 269 casos de secuestros, torturas y desapariciones forzadas y homicidios, entre el 8 de febrero de 1975 y el 23 de marzo de 1976, día previo al golpe de Estado. En la acusación de la fiscalía se definió al Operativo Independencia como una “intervención masiva de las fuerzas armadas y de seguridad en un plan sistemático de exterminio de opositores políticos mediante la utilización del aparato estatal y de control social a través del terror, llevada adelante con la aquiescencia del gobierno civil en la provincia de Tucumán”. “La intervención fue comandada en primer lugar por (los fallecidos generales) Acdel Edgardo Acdel Vilas y luego por Antonio Domingo Bussi”, reseñó.

Desde 1974, en Tucumán actuaba un foco guerrillero rural, la llamada Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), en las sierras de Monteros. El gobierno de la viuda de Perón decretó combatirlo con el envío de Ejército, Fuerza Aérea y Gendarmería. El entonces coronel Mario Menéndez “estuvo a cargo de la tristemente célebre Escuelita de Famaillá (...) en carácter de jefe de Estado Mayor del llamado Puesto de Comando Táctico que funcionaba en esa localidad”. Otros centros clandestinos de detención impuestos por las Fuerzas Armadas y de seguridad en Tucumán funcionaron en “el Ingenio La Fronterita, en los ex ingenios Santa Lucía y Lules, en Caspinchango y en Los Sosa”. Bejas decidió no avanzar en la investigación ni llamar a indagatoria a la viuda de Perón, bajo cuyo gobierno se dictaron los decretos antiguerrilleros. Los documentos secretos fueron firmados también por el presidente provisional del Senado, el fallecido Italo Luder, y ministros del gabinete, entre ellos Antonio Cafiero y Carlos Ruckauf. En una primera instancia el ámbito de actuación represivo abarcó sólo a Tucumán, pero en octubre se amplió a todo el país. La jurisdicción de Bejas sólo abarca a Tucumán, aunque varios de los imputados están detenidos en penales de otros distritos. Bejas consideró que Tucumán quedó abarcado por “un estado de excepción (estado de sitio de hecho) en el que se desconocieron los derechos fundamentales de las personas y se suspendieron en forma absoluta sus garantías” constitucionales, e incluso cita un escrito de Vilas que afirma que “a nadie se le escapaba el Gobierno paralelo sito en la V Brigada” del Ejército. “Hubo un ataque sistemático desde el Estado contra una parte substancial del grupo nacional argentino (obreros, jornaleros, sindicalistas y grupos de personas involucradas con la lucha social con y sin pertenencia política partidaria) a los que se habría identificado como enemigos del plan económico y político que definía la ‘nueva argentinidad”, aseveró el juez. La acción fue “en el marco de un proceso de desapoderamiento de las autoridades políticas-civiles que culminó con el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976”, con lo cual desvincula al gobierno peronista local de entonces, a cargo de Amado Juri. Bejas advirtió que “el Ministerio Público Fiscal no mantiene en forma continua ni de modo coherente durante su exposición la presunta vinculación o aquiescencia del gobierno civil provincial y nacional con el accionar de las Fuerzas Armadas”, y destacó el principio de “autonomía” de las FF.AA. respecto de las autoridades, argumento desarrollado en cuatro páginas de su escrito de 495 fojas. La investigación abarcó 269 casos de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad con apremios y vejaciones, torturas, torturas seguidas de muerte, abuso y violación sexual (a hombres y mujeres) y homicidio, delitos todos abarcados contextualmente por la calificación internacional de genocidio. Bejas detalló que “alrededor de un 42% de víctimas fueron obreros y jornaleros del interior de la provincia y sus familiares directos (alrededor de 113 casos), el 15% eran dirigentes sindicales y gremiales vinculados al peronismo (alrededor de 40 casos), un 8% eran comerciantes y personas con oficios (alrededor de 20 casos), un 8% eran empleados públicos (alrededor de 20 casos), un 5% de víctimas eran profesionales (alrededor de 12 casos) un 4% eran estudiantes universitarios (alrededor de 10 casos), un 2% militantes de partidos políticos de izquierda (alrededor de cinco casos), y sólo un 7% de víctimas acreditaban alguna vinculación con el ERPPRT (12 casos) o con Montoneros (4 casos)”. Otros militares y policías procesados con prisión preventiva son Carlos Delia Larocca, Jorge Lazarte, Roberto Albornoz, Ernesto Chávez, Jorge Capitán, Alfredo Svendsen, Ricardo Sánchez, Luis Armando de Cándido, Ramón Jodar, Miguel Angel Moreno, José Figueroa, Pedro Rojas, Pedro López y Enrique del Pino, mientras que en el caso de José Cuestas el procesamiento es sin detención. En cambio, dispuso falta de mérito para Víctor Olmos, Luis Ocaranza, Roberto Monteros, Walter Saborido, Fernando Labayru, Carlos Trucco, José Menéndez, Juan Cabrera, Jorge D'Amico, Julio Sarmiento y Carlos Diacono, que seguirán sometidos a investigación.

La causa se cierra, según el juez, para los dos civiles médicos que habían sido acusados de participar en torturas a detenidos: Omar Baldo y Miguel Angel Carrasco.

Segundo antecedente. En Brasil.Una tesis jurídica inquietante para el poder

Ceferino Reato, LN 11.03.2013

La justicia brasileña utilizó una novedosa tesis jurídica, la "teoría del dominio del hecho", para condenar por corrupción a José Dirceu, la ex mano derecha de Luiz Inacio Lula da Silva en su gobierno y figura emblemática de la izquierda brasileña. En la Argentina ya se aplica esta tesis, pero sólo en los juicios por violaciones de los derechos humanos durante la última dictadura. Este paso de los derechos humanos a la política, de los crímenes de lesa humanidad a la corrupción, podría poner en aprietos tanto a la presidenta Cristina Kirchner como a sus principales colaboradores si se repitiera también en este campo la natural influencia que Brasil ejerce en la región. Es decir, si el juicio por corrupción contra la cúpula del Partido de los Trabajadores (PT), en el gobierno desde 2002, fuera imitado en la Argentina.

La "teoría del dominio del hecho" fue creada por el jurista alemán Claus Roxin, muy citado en los diversos juicios al ex dictador Jorge Rafael Videla y a otros jefes militares, pero también en la causa en Jujuy contra el empresario Carlos Pedro Blaquier, presidente de Ledesma.Roxin introduce el concepto de la "autoría mediata" y la figura del "hombre de atrás del escritorio", que no estuvo presente en la escena del crimen, pero que desde su posición de poder impartió las órdenes que permitieron que se cometiera el delito sin su decisiva intervención, ese delito no habría podido realizarse.

Es decir que ya no es necesario, según Roxin, encontrar pruebas directas, concretas, irrefutables, fuera de toda duda razonable, sobre los acusados, quienes, de acuerdo con su tesis, resultan en última instancia los principales responsables de los delitos cometidos. Y son condenados a una pena similar a la de quienes cometieron efectivamente esos crímenes, los autores materiales. No es necesario que, por ejemplo, Videla haya secuestrado, torturado o matado a una persona la tesis de Roxin permite condenarlo por su "rol decisivo en una organización delictiva".

Es similar al popular "no podía no saber" que en Italia guió los procesos judiciales por diversos casos de corrupción, conocidos como Mani pulite (Manos limpias), que veinte años atrás descabezaron al poder político del país.

La tesis de Roxin tiene sus detractores, no sólo entre los defensores de los jefes militares juzgados en nuestro país, que señalan que, de esta manera, el derecho penal entra en un terreno muy resbaladizo, muy sensible a los deseos e intereses del poder político de turno.

En la región, la tesis también se aplicó para la extradición y condena del ex presidente peruano Alberto Fujimori por diversos delitos. En el caso brasileño, "Zé" Dirceu fue condenado a diez años y diez meses de prisión, además de a una multa equivalente a 340.000 dólares.

Los miembros de la Corte Suprema de Justicia brasileña llegaron a la conclusión de que, por su rol de jefe de Gabinete y su influencia decisiva en el Partido de los Trabajadores, Dirceu era "el hombre de atrás del escritorio" que fue el creador de una red de corrupción para asegurar al gobierno de Lula una amplia mayoría legislativa. En concreto, el PT pagaba mensualidades de unos 13.000 dólares más un bono anual a diputados de distintos partidos ese dinero era desviado del Estado a través de distintos mecanismos que involucraban a consultores, publicistas y banqueros.

En el caso argentino, tomando como hipótesis el caso Ciccone, ya no sería necesario encontrar pruebas de la supuesta amistad entre el vicepresidente Amado Boudou y el empresario Alejandro Vandenbroele el atajo jurídico creado por Roxin podría incluso estirar el caso hasta la propia Presidenta. Esto explica por qué algunos medios de comunicación oficialistas pusieron el grito en el cielo al tratar la noticia sobre la condena a Dirceu y sus compañeros del PT, que ahora aceptan las penas con la resignación de militantes veteranos, tal vez convencidos de que han sido sacrificados para salvar a la estrella del partido, el ex presidente Lula, que, como tal, estaba por encima de todos los condenados.

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