Comentario a Derecho Internacional del Trabajo. Su construcción.RCF

CAPON FILAS, Rodolfo. Derecho Internacional del Trabajo. Su construcción. 1 ed. Librería Editora Platense, 2011, (630 págs.)Hugo Barreto GhioneDoctor en Derecho. Docente universitario. Reside en MontevideoFuente: Revista Dercecho Laboral n° 247 (2012), Montevideo  El voluminoso volumen comienza con la invocación a Teilhard de Chardin - uno de los pensadores  centrales en la formación del autor – cuando dice que “sólo ambiciono ser enterrado en los cimientos del futuro” y de Etzioni: “el crítico, como el verdadero profeta, no puede aspirar a ser el favorito de la corte”, dos referencias que ubican al lector en el propósito de la obra y en la trayectoria misma de Capón Filas, profesor de Derecho del Trabajo y ex magistrado de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.La obra se despliega en cuatro partes. En la primera se desarrollan los elementos fundamentales que a juicio del autor estructuran el sistema jurídico con base en su teoría sistémica del derecho del trabajo. El  aporte relevante en este caso es que la lectura sistémica que se hace no es ya del derecho interno, sino del derecho internacional del trabajo, trasvasando así la dirección que hasta ahora había  seguido Capón Filas. Como es sabido, para el autor el derecho es una obra cultural en persecución de la justicia, que, funcionando como un sistema, tiene dos entradas: la realidad (R) y los valores (V) y dos salidas, las normas (N) y la conducta transformadora (CT). Para el caso del derecho apreciado en su actual etapa de globalización, la realidad (R), se encuentra signada por un defecto “de diseño” del sistema, ya que en la concepción del autor “no se trata de averiguar si el derecho importa más que la economía. La pregunta es otra, muy distinta: ¿Cual es la legitimidad del diseño para pocos?”. La hiposuficiencia sigue siendo el dato fundamental del derecho del trabajo, “absorbido por el ordenamiento laboral bajo el concepto de subordinación y expresado en el vocablo dependencia”. Lo que agrega la globalización es una dimensión planetaria de la necesidad de trabajar, por oposición a la libertad de trabajo: “tal necesidad, contraria ónticamente a la libertad, se agrava por las circunstancias societales concretas que no solo la mantienen sino que, incluso, la exponencian, concentrando el capital de la potencia activa o suficiente en titularidad de cada vez menos personas o ampliando sin restricciones el accionar de las empresas transnacionales”. Finalmente, si bien en su origen la hiposuficiencia  es un dato económico, en la actualidad  “la explosión tecnológica y las variables políticas han acentuado otros elementos, tales como los sociales, culturales y políticos”. El segundo de los componentes de la teoría sistémica son los valores (V)  - que el autor sitúa también como “globales” – que, citando a Goldschmidt, otro de sus maestros,  identifica como la justicia social, la solidaridad y la cooperación. En tercer lugar, en el elemento normativo (N) del sistema no hallamos diferencias con otras versiones de la teoría sistémica, y ello en razón que el autor siempre reconoció a las normas internacionales como parte de su construcción, y ahora este elemento, a lo sumo, se refuerza. Por último, el llamado compromiso global (en la versión anterior de la teoría sistémica, la llamada “conducta transformadora”), destaca la centralidad del trabajo, la hipoteca social sobre la propiedad de los medios de producción y la institucionalidad social de la empresa.En la segunda parte del libro se detalla la normativa internacional a la que el autor llama “Patrimonio Normativo de la Humanidad”, que se complementa por la parte tercera en que se estudian los organismos internacionales y la cuarta, referida  a los procedimientos ante la Organización Internacional del Trabajo.En síntesis, se trata de una obra que actualiza a la teoría sistémica que al autor viene urdiendo desde hace décadas, situándola ahora definitivamente  en el contexto de la globalización de una manera crítica, empleándola  como una alternativa en la via del pensamiento social expresado en la consigna “otro mundo es posible”, propia del  Foro Social Mundial del que el autor participó en alguna de sus instancias pasadas. Pese a las más de seiscientas páginas, Capón Filas advierte al lector que al cabo de la lectura “no ha llegado al final”, porque el derecho internacional no es un ordenamiento que existe sino que deviene   no mediante más y mejores normas sino, ante todo, por conductas más comprometidas con los derechos humanos por parte de los actores sociales y los Estados.

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